Martes, 11 de Noviembre 2025
Jalisco | Cárcel a quien omita presentar su declaración por más de 12 meses

El Fisco, tras 600 mil jaliscienses

Una reforma en el Código Fiscal de la Federación castiga con cárcel al contribuyente que omita presentar su declaración por más de 12 meses

Por: EL INFORMADOR

Según expertos consultados sobre el tema, la sanción penal prevista para quienes no regresen el IVA es excesiva. ARCHIVO  /

Según expertos consultados sobre el tema, la sanción penal prevista para quienes no regresen el IVA es excesiva. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (28/ABR/2012).- Si te quedas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) es como si te lo robaras. Por ello esta irregularidad ya es tipificada como un delito de defraudación fiscal y desde enero del presente año se castiga con cárcel.

De los 3.5 millones de jaliscienses que cerraron el año pasado como contribuyentes activos en la Secretaría de Finanzas (Sefin) y en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), 600 mil están bajo la lupa tras la reforma al Artículo 109 del Código Fiscal de la Federación, que “considera delito el omitir presentar por más de 12 meses las declaraciones que tengan carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales dejando de pagar la contribución correspondiente”, sentencia el ordenamiento, que establece penalidades de tres meses hasta nueve años de prisión, según el monto de lo defraudado.

“En Jalisco, las personas en la mira por el IVA son como 600 mil, entre personas físicas y morales”, afirma Jesús González Márquez, coordinador de Asistencia al Contribuyente de la Secretaría de Finanzas. Este universo se conforma por personas “activas” que realizan los actos o actividades siguientes: que enajenen bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes e importen bienes o servicios (excepto los servicios médicos).

Las declaraciones que tienen carácter de definitivas son las que se deben hacer de forma mensual por el Impuesto al Valor Agregado, así como las declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Ejemplo: si algún contribuyente debía hacer declaraciones mensuales de IVA en enero de 2012, pero no las hizo, para enero de 2013 incurrirá en este delito.

Según expertos consultados sobre el tema, la sanción penal prevista para quienes no regresen el IVA es excesiva.

“Hay veces que el contribuyente se pone después al corriente, entonces es agresivo que te metan a la cárcel por una declaración no presentada”, señala Enrique de la Torre Álvarez, del Colegio de Licenciados en Contaduría Pública de Jalisco.

Por su parte, Horacio González Vázquez, presidente de la Academia de Derecho Fiscal de la Universidad de Guadalajara, considera que “el incumplimiento de pagos de las contribuciones debería generar sólo sanciones de carácter administrativo”, y no la privación de la libertad, como se contempla después de la reforma en el Código Fiscal de la Federación.

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