Lunes, 10 de Noviembre 2025

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No desaparece el IETU

Por: Luis Jorge Cárdenas Díaz

No desaparece el IETU

No desaparece el IETU

En entrevista televisiva reciente, el Presidente Calderón declaró que el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) no desaparecerá. Las razones que expuso fueron por demás insuficientes para soportar la permanencia de un impuesto que grava principalmente a las personas de menores ingresos. Como lo es el hecho de que sirve para que paguen un impuesto mínimo quienes  no lo estaban haciendo, sin importar la razón ni el monto de los ingresos. En efecto, quienes tienen ingresos por arrendamiento desde uno hasta 200 mil pesos anuales, pagan este gravamen que es complementario del Impuesto Sobre la Renta (ISR), de tal manera que quienes perciben arriba de 200 mil pesos anuales el ISR que causan es mayor que la tasa de 17.5% del IETU. Quienes perciban 10 mil pesos pagan 496 de ISR y mil 750 pesos de IETU. Como el ISR se acredita al IETU, en total mil 750 pesos; quienes perciben 20 mil pesos pagan mil 668 de ISR y tres mil 500 de IETU, al acreditar el primero del segundo, en total pagan esta última cantidad. La diferencia entre uno y otro impuesto va disminuyendo a medida que aumenta la cantidad a pagar, de tal manera que al llegar a 200 mil pesos, el ISR es de 35 mil 321 pesos, que es ligeramente mayor que el IETU, 35 mil pesos, teniendo que pagar el ISR, por ser mayor, por lo que quienes más perciben, dejan de pagar IETU, en consecuencia, es un impuesto inmoral, porque grava más a quienes menos perciben y no afecta a quienes tienen mayores ingresos. No obstante lo anterior, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció en contra de todos los contribuyentes que se ampararon ante la notoria falta de equidad y proporcionalidad que preconiza nuestra Carta Magna en el Artículo 31, fracción IV. Lo cual demuestra que nuestros ministros están al servicio del fisco y no del pueblo, qué tristeza. Lo mismo sucede con las empresas, sean personas físicas o morales, al grado de que quienes  tienen pérdidas les puede resultar impuesto del IETU a su cargo, porque la base para calcularlo no son las utilidades, sino la diferencia en el flujo de efectivo, lo cual ocasiona que se tienen que planear los pagos por compras e inversiones para hacerlos dentro del mismo mes que se perciben los ingresos, ya que la diferencia está gravada con 17.5%, convirtiendo este gravamen en un juego perverso toda vez que los meses en que se gaste más de lo que ingresa, la diferencia no puede compensarse el mes siguiente sino que debe guardarse hasta la declaración anual. La Ley del Impuesto Empresarial  a Tasa Única (IETU) se promulgó hace tres años y se estableció en un artículo transitorio que el 30 de junio de 2011, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debería presentar un estudio para evaluar los resultados del IETU para decidir si continuaba en lugar del ISR o desaparecía, sin embargo el estudio que presentó el Ejecutivo en 155 páginas propone que permanezcan ambos impuestos. Tienen la palabra nuestros legisladores que son los que pueden corregir esta injusticia.

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