Jueves, 17 de Septiembre 2026

¿Te pueden multar por usar el patín eléctrico en la banqueta en CDMX?

La regulación vigente contempla distintas categorías de vehículos eléctricos personales, por lo que los requisitos pueden cambiar dependiendo de las características de cada unidad

Por: SUN .

Los patines eléctricos son cada vez más comunes en la CDMX. EL INFORMADOR/ARCHIVO

Los patines eléctricos son cada vez más comunes en la CDMX. EL INFORMADOR/ARCHIVO

Si utilizas un patín eléctrico, monopatín o scooter eléctrico para trasladarte por la Ciudad de México, es importante conocer por dónde puedes circular y cuáles son las restricciones establecidas por el Reglamento de Tránsito.

Una de las dudas más frecuentes es si está permitido utilizar la banqueta para circular en patín eléctrico, especialmente cuando existe tráfico o cuando la vialidad representa una dificultad para avanzar.

¿Qué dice el Reglamento de Tránsito sobre los patines eléctricos?

A partir de las modificaciones aplicadas en 2026, la normativa de la Ciudad de México distingue entre Vehículos Eléctricos Personales (VEP) y Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE).

Los VEP incluyen vehículos eléctricos con una velocidad máxima de hasta 25 kilómetros por hora y una potencia menor a 250 watts.

En tanto, los VEMEPE cuentan con acelerador independiente, tienen dos o más ruedas, superan los 25 kilómetros por hora y utilizan un motor con una potencia continua nominal de entre 250 watts y 1 kilowatt.

Esta diferencia es importante porque los VEMEPE están sujetos a requisitos adicionales, como registro, placa, tarjeta de circulación, distintivo de movilidad eléctrica y licencia, de acuerdo con las características del vehículo.

La Secretaría de Movilidad (Semovi), además, mantiene habilitados los trámites para el registro de VEP y VEMEPE.

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¿Puedo usar un patín eléctrico en la banqueta?

El Reglamento de Tránsito establece restricciones para circular sobre las aceras y las zonas reservadas exclusivamente para peatones.

En el caso de los VEMEPE, el artículo 21 señala expresamente que sus conductores tienen prohibido circular sobre las aceras y las áreas destinadas al uso exclusivo de peatones. La excepción contempla el ingreso al domicilio o a un estacionamiento, pero en ese supuesto el conductor debe desmontar.

En términos generales, los vehículos eléctricos personales que circulan en la vía deben respetar las disposiciones correspondientes y la jerarquía de movilidad, además de evitar las áreas destinadas exclusivamente a los peatones.

Para los usuarios, esto significa que subirse a la banqueta para esquivar automóviles o avanzar más rápido no está contemplado como una alternativa de circulación.

¿Qué pasa con los patines eléctricos que superan los 25 km/h?

Los vehículos que superan los 25 kilómetros por hora y cumplen con las características establecidas por la normativa pueden clasificarse como VEMEPE.

Estos vehículos se dividen en Tipo A y Tipo B, dependiendo principalmente de su peso. Además de la prohibición de circular por las banquetas, existen restricciones relacionadas con el tipo de vialidad.

Por ejemplo, los VEMEPE Tipo A no pueden circular en vías cuya velocidad máxima permitida supere los 40 kilómetros por hora. Para los VEMEPE Tipo B de dos ruedas, el límite es de 50 kilómetros por hora.

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¿Hay multa por circular en la banqueta con un patín eléctrico?

 Para los VEMEPE, el Reglamento contempla sanciones de 10 a 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por circular sobre aceras o áreas reservadas exclusivamente para peatones.

La aplicación de las nuevas sanciones tiene un calendario específico. El decreto publicado en mayo de 2026 establece que, a partir del 20 de noviembre de 2026, los agentes de tránsito comenzarán a aplicar las sanciones previstas para las conductas de los VEMEPE.

El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México no permite utilizar las banquetas como carriles para circular en patín eléctrico. La prohibición es especialmente explícita para los VEMEPE

Así que, aunque encuentres tráfico o una vialidad complicada, subirte a la banqueta en tu patín eléctrico para avanzar no es una opción permitida por la normativa de tránsito de la CDMX.

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