Con el regreso a clases cada vez más cerca, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió una advertencia para padres, madres de familia y escuelas privadas: adeudar colegiaturas no es una razón válida para exhibir a los alumnos. Esta práctica es contraria a los derechos de los consumidores y atenta contra la dignidad de niñas, niños y adolescentes en el entorno educativo.Profeco recordó que desde el 10 de marzo de 1992, el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece cómo debe ser la prestación de servicios educativos por parte de instituciones privadas. Entre ellas, destaca la prohibición de condicionar el trato hacia los estudiantes por adeudos económicos. Es decir, no se pueden publicar listas de morosos, retener documentos ni aplicar sanciones que interfieran en el desarrollo académico de los alumnos.El artículo 7 del acuerdo publicado en el DOF establece que solo en casos de incumplimiento de tres o más colegiaturas, el prestador del servicio puede dejar de brindarlo, siempre respetando las disposiciones legales y garantizando la permanencia del estudiante en el Sistema Educativo Nacional.Por su parte, el artículo 9 del mismo acuerdo deja claro que cualquier práctica que implique exhibir a estudiantes por falta de pago de aportaciones ordinarias o extraordinarias será considerada violatoria de la Ley Federal de Protección al Consumidor y sancionada en consecuencia. Esta disposición también aplica si los estudiantes no participan en planes de cooperación organizados por la institución o el personal docente.Además, Profeco subraya que las escuelas privadas deben acreditar por escrito su incorporación a la Secretaría de Educación Pública (SEP), lo que asegura la validez oficial de sus estudios. Aunque pueden ofrecer servicios complementarios como talleres, transporte o alimentos, estos no deben sustituir los contenidos obligatorios establecidos por la SEP.La transparencia en los costos es otro punto a destacar. Las escuelas deben informar con tiempo sobre los montos de inscripción, colegiaturas y cualquier otro cargo adicional, como exámenes o materiales. Estos precios deben estar expresados en moneda nacional y no pueden modificarse a mitad del ciclo escolar sin el consentimiento mayoritario de madres y padres de familia.Tampoco los planteles pueden obligar a comprar libros, uniformes o útiles escolares con proveedores específicos. Los padres de familia o tutores tienen el derecho de elegir dónde adquirirlos, siempre que cumplan con los requisitos de calidad o actualización.Profeco recomienda comparar diferentes opciones educativas antes de inscribirse, solicitar toda la información por escrito y ejercer los derechos como consumidoras y consumidores. Así se garantiza una educación justa, respetuosa y alineada con la ley para todas y todos los estudiantes.*Con información de Profeco y DOF*Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsAppOF