La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que todos los trabajadores con al menos un año de antigüedad tienen derecho a un período anual de vacaciones pagadas. A partir de 2025, este periodo no podrá ser menor a 12 días laborales y aumentará progresivamente en dos días por cada año trabajado, hasta alcanzar 20 días en el quinto año de servicio. Posteriormente, a partir del sexto año, el incremento será de dos días adicionales por cada cinco años laborados.Según el artículo 81 de la LFT, las vacaciones deben otorgarse dentro de los seis meses posteriores al aniversario laboral, mientras que el artículo 78 permite a los trabajadores decidir cómo distribuir sus días de descanso. Asimismo, el artículo 79 indica que las vacaciones no pueden ser sustituidas por una remuneración económica. Sin embargo, si la relación laboral termina antes de completar un año de servicio, el empleado tendrá derecho a un pago proporcional por los días de vacaciones generados.Además de las vacaciones, la LFT contempla días de descanso obligatorio para todos los trabajadores. En 2025, estos serán:Para más información sobre derechos laborales, quejas o asesoría, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o comunicarte al 800 911 7877 y 800 717 2942, o enviar un correo a orientacionprofedet@stps.gob.mx.SV