Viernes, 04 de Abril 2025

LFT: ¿Cuántos años debes trabajar para obtener más días de descanso?

Los trabajadores con al menos un año de antigüedad tienen derecho a un período anual de vacaciones pagadas

Por: Sergio Alejandro Velázquez

CANVA.

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La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que todos los trabajadores con al menos un año de antigüedad tienen derecho a un período anual de vacaciones pagadas. A partir de 2025, este periodo no podrá ser menor a 12 días laborales y aumentará progresivamente en dos días por cada año trabajado, hasta alcanzar 20 días en el quinto año de servicio. Posteriormente, a partir del sexto año, el incremento será de dos días adicionales por cada cinco años laborados.

Días de vacaciones por antigüedad

  • Año 1: 12 días
  • Año 2: 14 días
  • Año 3: 16 días
  • Año 4: 18 días
  • Año 5: 20 días
  • De 6 a 10 años: 22 días
  • De 11 a 15 años: 24 días
  • De 16 a 20 años: 26 días
  • De 21 a 25 años: 28 días
  • De 26 a 30 años: 30 días

Según el artículo 81 de la LFT, las vacaciones deben otorgarse dentro de los seis meses posteriores al aniversario laboral, mientras que el artículo 78 permite a los trabajadores decidir cómo distribuir sus días de descanso. Asimismo, el artículo 79 indica que las vacaciones no pueden ser sustituidas por una remuneración económica. Sin embargo, si la relación laboral termina antes de completar un año de servicio, el empleado tendrá derecho a un pago proporcional por los días de vacaciones generados.

Días de descanso obligatorio en 2025

Además de las vacaciones, la LFT contempla días de descanso obligatorio para todos los trabajadores. En 2025, estos serán:

  • Lunes 17 de marzo: Natalicio de Benito Juárez
  • Jueves 1 de mayo: Día del Trabajo
  • Domingo 1 de junio: Elecciones de jueces y magistrados
  • Martes 16 de septiembre: Día de la Independencia
  • Lunes 17 de noviembre: Revolución Mexicana
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad

Para más información sobre derechos laborales, quejas o asesoría, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o comunicarte al 800 911 7877 y 800 717 2942, o enviar un correo a orientacionprofedet@stps.gob.mx.

SV

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