Miércoles, 22 de Mayo 2024

IMSS: ¿Cómo registrar a mis familiares para que reciba servicios médicos?

La institución le ofrece esta oportunidad a todos sus derechohabientes, sin embargo, deben cumplir con un requisito, conoce cuál y cómo hacer el registro

Por: Yahaira Chagollan

Es uno de los derechos con los que cuentas al ser dado de alta por tu centro de trabajo.ESPECIAL

Es uno de los derechos con los que cuentas al ser dado de alta por tu centro de trabajo.ESPECIAL

Si trabajas y estás registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), debes saber que tienes el derecho de registrar a los miembros de tu familia para que también se les brinde atención médica.

La institución le ofrece esta oportunidad a todos sus derechohabientes, sin embargo, deben cumplir con un requisito, el cual consiste en que los beneficiarios a los que quieras registrar ante el IMSS deben estar relacionados directamente contigo, es decir, deben ser tu cónyuge, tus hijos o tus padres.

Cabe aclarar que en el caso de las hijas e hijos, cuando están estudiando, son automáticamente dados de alta ante el seguro social.

Así puedes registrar a tu familia en el IMSS

Para dar de alta a tus familiares ante el seguro social tienes dos opciones, puedes hacerlo de forma presencial, acudiendo a tu clínica o a en línea, ingresando al escritorio virtual, para este último necesitarás tu Firma Electrónica Avanzada (FIEL), tu Clave Única de Registro de Población (CURP), la de tu beneficiario y un correo electrónico personal.

Recuerda que la FIEL es la misma que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) proporciona para hacer trámites en su plataforma.

Si prefieres hacer el registro de forma presencial, el IMSS solicita que tanto tú como afiliado y tus beneficiarios presenten la siguiente documentación:

  • Identificación oficial y si los hijos son mayores de edad, se requerirá también la de ellos
  • Comprobante de domicilio
  • Número de Seguridad Social del derechohabiente
  • CURP
  • Fotografía infantil
  • Si se trata de una esposa, debe presentarse también el acta de matrimonio
  • Acta de nacimiento, en el caso de concubino si se tienen hijos en común
  • Acta de nacimiento, en el caso de los padres
  • Acta de nacimiento en el caso de los hijos, o acta de adopción o de reconocimiento

Este trámite no tiene ningún costo, porque como te mencionamos anteriormente, es uno de los derechos con los que cuentas al ser dado de alta por tu centro de trabajo.

YC

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