Miércoles, 15 de Mayo 2024

CURP con fotografía: ¿será obligatorio el registro?

El Senado aprobó la nueva Ley para poder modificar la Clave Única de Registro de Población (CURP); aquí te decimos si será obligatorio el trámite

Por: Moisés Figueroa

La CURP contará con fotografía, huellas dactilares y firma digital, además de datos personales como nombre, fecha y lugar de nacimiento lo que funcionará como una nueva identificación oficial. ESPECIAL

La CURP contará con fotografía, huellas dactilares y firma digital, además de datos personales como nombre, fecha y lugar de nacimiento lo que funcionará como una nueva identificación oficial. ESPECIAL

El Senado de la República aprobó el pasado 25 de septiembre una nueva Ley para poder modificar la Clave Única de Registro de Población (CURP), un documento que a todos los mexicanos no han solicitado para realizar diferentes trámites. 

La CURP contará con fotografía, huellas dactilares y firma digital, además de datos personales como nombre, fecha y lugar de nacimiento lo que funcionará como una nueva identificación oficial como el INE y el pasaporte, esto tras aprobarse la nueva modificación del documento en donde se obtuvo 12 votos en contra y 15 a favor de la bancada de Morena.

De acuerdo con el artículo 76 se menciona que  "La CURP con foto es un documento oficial de identificación, que hace prueba plena sobre los datos de identidad que contiene en relación con su titular".

Este nuevo documento será obligatorio para todos los mexicanos por lo que tendrán que inscribirse al Registro Nacional de Ciudadanos para obtenerlo. 

El Registro Nacional de Ciudadanos recibirá respaldo de un comité técnico consultivo, conforme a las disposiciones que defina el reglamento.

Sin embargo, a pesar de que será obligatorio realizar el trámite, no existirá alguna sanción en caso de no portar el CURP con fotografía. 

El  documento tendrá que actualizarse  al menos cada 15 años, en caso de que se necesite hacer  modificaciones sustanciales en la apariencia del titular, la renovación debe realizarse dentro de un plazo de 30 días a partir de dichos cambios.

MF

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