El Partido Acción Nacional celebró la decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que determinó que las llamadas "boletas planchadas" no deberán contabilizarse ni incorporarse a los resultados de las elecciones de 2027. La resolución deriva, entre otros medios de impugnación, del recurso de apelación SUP-RAP-215/2026, promovido por el PAN contra los lineamientos aprobados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) para los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal del Proceso Electoral Federal 2026-2027. La resolución deriva, entre otros medios de impugnación, del recurso de apelación SUP-RAP-215/2026, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN) contra los lineamientos aprobados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) para los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal del Proceso Electoral Federal 2026-2027. El PAN impugnó el mecanismo establecido por el INE para las boletas que no presentaran las marcas de doblez necesarias para haber sido introducidas en la urna. De acuerdo con el partido, el procedimiento permitía que esos documentos fueran reservados y que posteriormente el Consejo Distrital determinara mediante votación si debían contabilizarse. La Sala Superior consideró fundado el planteamiento y estableció un criterio uniforme para el escrutinio y cómputo: una vez marcada, la boleta debe doblarse y depositarse en la urna. Por ello, si durante el escrutinio o un recuento se localiza una boleta que no presenta los dobleces necesarios para haber sido introducida en la urna, ésta deberá considerarse inválida y no podrá sumarse a los resultados. Además, el criterio establece que la irregularidad deberá quedar registrada y que la boleta deberá conservarse por separado de aquellas que sí sean contabilizadas. Con esta determinación, queda sin efecto el esquema que permitía a cada Consejo Distrital deliberar y votar sobre la validez de este tipo de boletas. El INE deberá modificar sus lineamientos para incorporar el nuevo criterio. El Tribunal Electoral reconoció que el INE tiene facultades para reglamentar los procedimientos relacionados con los cómputos electorales, pero señaló que estas atribuciones deben ejercerse en apego a la legislación y a los principios constitucionales de certeza, autenticidad y secrecía del sufragio. Tras la resolución, el PAN consideró que el fallo representa una medida para reforzar la certeza de los resultados electorales y anunció que continuará utilizando los mecanismos jurídicos a su alcance para impugnar decisiones que, a su consideración, puedan afectar la legalidad de los procesos electorales. La determinación será aplicable al proceso electoral federal 2026-2027 y obliga al órgano electoral a establecer un procedimiento uniforme para el tratamiento de las boletas que presenten esta irregularidad durante los cómputos. EE