Martes, 21 de Julio 2026

¿Cuál es la multa por manejar alcoholizado en Jalisco este 2026?

Conducir alcoholizado en territorio jalisciense puede costarte varios miles de pesos, además de arresto administrativo y el envío del vehículo al corralón

Por: El Informador

La base legal para esta sanción se encuentra en la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco. EL INFORMADOR/ARCHIVO

La base legal para esta sanción se encuentra en la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco. EL INFORMADOR/ARCHIVO

Conducir bajo los efectos del alcohol en Jalisco sigue siendo una de las infracciones más severamente sancionadas en 2026. Además del riesgo para la seguridad vial, las autoridades estatales aplican multas económicas elevadas, arresto administrativo y el aseguramiento del vehículo cuando un conductor rebasa los límites permitidos por el alcoholímetro.

La base legal se encuentra en la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco, que establece sanciones para quienes conduzcan vehículos automotores bajo el influjo del alcohol o de sustancias prohibidas.

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¿De cuánto es la multa por manejar ebrio en Jalisco?

A partir del 1 de febrero de 2026, el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) quedó en 117.31 pesos, según el INEGI. Con ese valor, la multa por conducir alcoholizado en Jalisco oscila entre 17 mil 596 y 23 mil 462 pesos, dependiendo del nivel de alcohol detectado y de la gravedad de la infracción.

Estas cantidades corresponden a las sanciones vigentes aplicadas por la Policía Vial y los operativos del programa Salvando Vidas.

¿Cuál es el límite permitido en el alcoholímetro?

La ley jalisciense sanciona a quienes presenten:

  • 50 a 80 miligramos de alcohol por cada 100 mililitros de sangre, o - 0.25 a 0.40 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Cuando el conductor supera ese rango, ya se considera una infracción sancionable por alcoholimetría. Por si no fuera poco, la multa económica no es la única consecuencia. El artículo 376 de la Ley de Movilidad establece el arresto administrativo por alcoholemia. Si el nivel de alcohol rebasa los parámetros permitidos, el conductor puede ser remitido al Centro Urbano de Retención Vial por Alcoholimetría (CURVA).

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Las autoridades aplican los siguientes rangos:

  • 0.41 a 0.65 mg/L de aire espirado: arresto mínimo de 12 horas y envío del vehículo al depósito. - 0.66 mg/L o más: arresto de 24 a 36 horas.

Estas medidas buscan evitar que el conductor continúe circulando y reducir accidentes relacionados con el consumo de alcohol. Cuando un conductor no aprueba la prueba de alcoholimetría, el automóvil puede ser remitido al corralón. Para recuperarlo, además de la multa, se deben cubrir los gastos de arrastre y resguardo en el depósito vehicular.

Operativos en 2026

La Policía Vial mantiene operativos permanentes, especialmente en fines de semana y temporadas vacacionales. Tan solo en el mes pasado, decenas de conductores fueron remitidos al CURVA durante los operativos de alcoholimetría en el Área Metropolitana de Guadalajara.

Esta nota fue redactada con ayuda de inteligencia artificial y revisada por un editor.

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