Sábado, 20 de Abril 2024

¿Jueves y Viernes Santos son días de descanso obligatorio en los trabajos?

Balnearios, playas, pueblos mágicos, lagos, son los lugares más solicitados por los turistas para aprovechar los próximos días de asueto

Por: Iván Emmanuel Ortega Herrera

Los días de asueto por Semana Santa ya están a la vuelta de la esquina. SUN/Archivo

Los días de asueto por Semana Santa ya están a la vuelta de la esquina. SUN/Archivo

Las vacaciones de Semana Santa y Pascua están a la vuelta de la esquina y cientos de viajeros ya tienen listas las maletas para emprender el viaje a un destino turístico.

Balnearios, playas, pueblos mágicos, lagos, son los lugares más solicitados por los turistas para aprovechar los próximos días de asueto, los cuales no obligatoriamente te tiene que otorgar la empresa en la que laboras.

Así es, por más duro que suene, antes de planear tus próximas días de paseo cerciórate que tu empresa te pueda ofrecer ese beneficio, ya que la celebración de la conmemoración de la pasión, muerte y resurrección de Cristo no está marcada como día inhábil dentro de la Ley Federal del Trabajo, por lo que el faltar podría traerte afectaciones económicas o alguna sanción por insistencia.

Para que no te pase esto, podrías pedir días a cuenta de vacaciones, tiempo por tiempo o días sin goce de sueldo para que puedas irte cómodamente a disfrutar de estos días tan esperados, donde se junta además con las vacaciones de los estudiantes.

¿Cuáles son días inhábiles que marca la Ley Federal del Trabajo?

En días feriados la empresa tiene por obligación darte el descanso, ya que así lo marca la Ley Federal del Trabajo. Es importante recalcar que dependiendo tu giro de trabajo, hay patrones que requieran de tus servicios. En estos casos la ley establece que deberás recibir el doble de la paga de un día de trabajo regular, de acuerdo al artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo.

  • Domingo 1 de enero: Año nuevo.
  • Lunes 6 de febrero: El Día de la Constitución Mexicana. 
  • Lunes 20 de marzo: Natalicio de Benito Juárez.
  • Lunes 1 de mayo: Día internacional del trabajo.
  • Sábado 16 de septiembre: Día de la independencia de México.
  • Lunes 20 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana.
  • Lunes 25 de diciembre: Navidad.

Por otro lado, hay empresa o negocios donde baja la producción, un ejemplo claro es en Semana Santa y Pascua y es a consideración del patrón si te otorga días sin que te veas mermado en tu nómina.

Así pues, si usted es de los afortunados que tendrá días libres para salir de paseo con la familia, en pareja, entre amigos, o solos, recuerda hacerlo con toda la precaución del mundo, ya que los accidentes están a la orden del día y es específicamente en estas fechas donde se incrementa el número de contratiempos.

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