Este miércoles, el Gobierno de Javier Milei restringió parcialmente el derecho a huelga en Argentina, lo que generó polémica en el país suramericano. Con el decreto firmado por Milei, la cantidad de servicio que deberán garantizar una prestación mínima incluso en medio de un conflicto laboral fue ampliada.El Ejecutivo incluyó un artículo en el que introdujo también modificaciones en la Ley del Régimen Laboral en un decreto referido a la desregularización del transporte marítimo y fluvial.Concretamente, e incluso en el marco de un conflicto laboral, el artículo amplió la cantidad de actividades consideradas esenciales y creó una nueva categoría denominada "actividades o servicios de importancia trascendental", para las que se impone un mínimo del 75 % y 50 % de la prestación del servicio respectivamente.Este martes, en un comunicado oficial, la Central General del Trabajo (CGT), la central obrera más importante de Argentina expresó que "el Gobierno Nacional, a través del Decreto 340/2025, intenta suprimir el derecho a huelga en la Argentina de un plumazo y sin debate ni análisis previo".La central agregó que "la CGT no permanecerá en silencio frente a esta grave avanzada de un Gobierno que pretende borrar, una vez más, los derechos que tanto costó conquistar y defender".El decreto sumó todas las ramas del transporte marítimo y fluvial, pero también los servicios aduaneros, migratorios y la educación en todos sus niveles a los servicios considerados esenciales hasta este miércoles -sanitarios, hospitalarios, relativos a agua potable, a la energía eléctrica, el gas y el control del tráfico aéreo.Estableció, a su vez, como “actividades o servicios de importancia transcendental”: En diálogo con EFE, el abogado laboralista Juan Manuel Ottaviano recordó que la ampliación del espectro de actividades consideradas esenciales estaba originalmente incluida en un extenso decreto de desregularización general de la economía firmado por Milei poco después de su asunción en diciembre de 2023 y destacó que, en su momento, "ya fue declarado inaplicable por inconstitucional por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo".Ottaviano remarcó que la medida anunciada este miércoles "es contraria a lo que dictan la Constitución y las leyes y convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la medida en que no se puede restringir, por decreto, sin adecuación a criterios internacionales, el derecho a huelga".* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * * TS