Viernes, 26 de Abril 2024

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Nuevo código de ética empresarial

Por: Sergio Aguirre

Nuevo código de ética empresarial

Nuevo código de ética empresarial

Me parecía imposible, pero consideraba muy conveniente la creación de un código de ética empresarial. Así lo afirmé en este mismo espacio el 24 de enero de 2014 (https://goo.gl/hjZDrX). Sin embargo, exactamente un año después, en enero de 2015, el Consejo Coordinador Empresarial, (CCE) organismo aglutinador de las organizaciones empresariales cúpula, como COPARMEX, CONCAMIN, etcétera, dio a conocer su “Código de Integridad y Ética Empresarial”. Pero no era suficiente. 

Antier, el CCE presento su iniciativa de integridad (http://codigoeticaeintegridad.com/) acompañado de un nuevo código de igual nombre (https://goo.gl/1PRNgr), así como de su manual y anexos (https://goo.gl/V72FhH). La idea es invitar a todas las empresas a comprometerse por escrito en la plataforma electrónica de la iniciativa y además se dé a conocer entre toda la sociedad. Se nota la diferencia entre el nuevo código y el anterior. Tal como lo reconoce el propio CCE en el código, su manual y anexos, se nota principalmente la mano de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) presidido por Claudio X. González y de los tres colegios de abogados más relevantes y serios del país: el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, el más antiguo de país, fundado en 1760 (INCAM), la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE), ambas lideradas por la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA) —el colegio con más experiencia en la materia de ética profesional y también con un nuevo y actualizado código—, presidida por José Mario de la Garza Marroquín. También colaboró el colegio de contadores más conocido en el país, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

Estuvieron presentes en el acto los 12 presidentes de los organismos cúpula componentes del CCE, los tres presidentes de los colegios de abogados señalados y demás. 

El código consta de una introducción, un objetivo y 10 principios. Resumiendo en exceso: el primero prohíbe la corrupción, digo yo, evidentemente. El segundo exige transparencia en actos susceptibles de torcerse hacia la corrupción, como regalos y donaciones. El tercero exige contar con políticas para evitar ilícitos en inversiones con posibles conflictos de interés o con funcionarios públicos. El cuarto recalca la prohibición legal de las empresas para aportar cualquier activo a partidos políticos o a cualquier ente relacionado con dichas actividades. El quinto constriñe a las empresas respetar las preferencias o militancias políticas de sus colaboradores. El sexto recomienda tener políticas, procedimientos y controles suficientes para en su caso sancionar cualquier conducta de corrupción.

El séptimo determina la participación de todos los integrantes y relacionados de la empresa incluyendo hasta los socios y a capacitarse sobre las políticas y las consecuencias de contravenirlas. El octavo recomienda según las posibilidades, la ejecución de programas, políticas y procedimientos de integridad análogos a los de los servidores públicos. El noveno implica un sistema de denuncia confiable sobre el incumplimiento de las normas éticas. Y el décimo les demanda estar permanentemente informadas sobre el marco legal relacionado con la corrupción y buscar asesoría en la materia. También recomienda denunciar extorsión. 

Enhorabuena, pero ojalá se lo tomen muy en serio y se avance en la búsqueda de un órgano sancionador externo de las empresas. Podría ser un consejo dependiente del propio CCE. Atrévanse a sancionar éticamente a las empresas. Los abogados ya lo hacemos.

Es de destacar algo fundamental: por primera vez se le da a la contratación de los abogados la importancia requerida por su capacitación constante y probada conducta ética. Con abogados corruptos no puede desaparecer la corrupción. Por fin lo han entendido.

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