Lunes, 27 de Julio 2026

SAT: ¿Qué adeudos fiscales pueden regularizarse?

El Servicio de Administración Tributaria ofrece una reducción de hasta el 100% en determinadas multas y recargos; te platicamos cuáles

Por: Oscar Eduardo Bravo Gutiérrez

Esto es lo que debes saber de la posibilidad de regularizar tus adeudos frente al SAT. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Esto es lo que debes saber de la posibilidad de regularizar tus adeudos frente al SAT. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene activo el Programa de Regularización Fiscal 2026, permitiendo a personas físicas y morales eliminar hasta el 100% de multas y recargos. Identificar qué adeudos aplican resulta fundamental para sanear las finanzas y evitar futuros actos de fiscalización.

Adeudos susceptibles de regularización

Este esquema de facilidades de pago aplica exclusivamente para los adeudos generados durante el ejercicio fiscal 2024 o en años anteriores. La medida busca incentivar el cumplimiento voluntario mediante la reducción de accesorios legales.

Los contribuyentes pueden regularizar créditos fiscales firmes que hayan sido determinados previamente por la autoridad tributaria o por la Agencia Nacional de Aduanas de México. Esto incluye las cuotas compensatorias y los aprovechamientos pendientes de pago.

El programa permite la regularización mediante la autodeterminación. Esto significa que el contribuyente puede calcular sus propias omisiones de pago, presentar declaraciones complementarias y liquidar el adeudo principal para obtener la reducción de los recargos.

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También se contemplan los adeudos derivados de facultades de comprobación. Si un contribuyente está bajo auditoría, puede corregir su situación antes de que se emita la resolución final y acceder a la disminución de las multas.

Los recargos y gastos de ejecución relacionados con el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) son susceptibles de reducción. El beneficio abarca contribuciones propias, retenidas y trasladadas que no fueron cubiertas a tiempo.

Bajo estas consideraciones, estos son los adeudos fiscales que pueden regularizarse:

  • Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales, aprovechamientos y cuotas compensatorias.
  • Multas por infracciones previstas en leyes fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
  • Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas al pago.
  • Multas con agravantes.

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Requisitos y restricciones del programa

El estímulo fiscal está dirigido a quienes declararon ingresos totales no mayores a 300 millones de pesos durante 2024. Las empresas que superen este umbral financiero quedan excluidas de los beneficios de reducción de accesorios.

Tampoco podrán participar los contribuyentes que se encuentren en los listados definitivos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Esta restricción aplica para quienes simulan operaciones mediante la emisión de facturas falsas.

Las personas con sentencias condenatorias firmes por delitos fiscales no son elegibles para este programa. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) mantiene un control estricto para evitar que infractores reincidentes accedan a estas facilidades.

Los solicitantes no deben haber recibido condonaciones de deudas en sexenios anteriores. El marco normativo actual prohíbe la acumulación de beneficios fiscales históricos para garantizar la equidad tributaria entre los ciudadanos.

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Proceso de solicitud y plazos

Para aplicar la disminución, los interesados deben presentar un escrito libre a través del portal oficial, utilizando su RFC y contraseña. El sistema evaluará la petición y emitirá los formatos de pago correspondientes con los montos actualizados.

Los pagos pueden realizarse en una sola exhibición o mediante un esquema de parcialidades, dependiendo de la capacidad económica del solicitante. Las autoridades permiten diferir el monto restante con una tasa de interés fija.

El estímulo fiscal aplicado no se considerará un ingreso acumulable para los registros contables del contribuyente. Asimismo, este beneficio no dará lugar a devoluciones, compensaciones o acreditamientos de saldos a favor en el futuro.

La fecha límite para adherirse a este programa de regularización mediante autodeterminación es el 31 de diciembre de 2026. Los especialistas recomiendan buscar asesoría contable para evitar errores en la presentación de las declaraciones complementarias.

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Esta nota fue creada con ayuda de inteligencia artificial y revisada por un editor.  

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