Domingo, 12 de Julio 2026

¿Qué pasa con el dinero de mi Afore al fallecer? lo que dice la ley

los familiares o personas con derecho a los recursos deberán realizar el procedimiento correspondiente para acreditar su calidad de beneficiarios y solicitar la entrega del ahorro para el retiro

Por: Brenda Barragán

Uno de los aspectos más importantes es que el destino de los recursos depende de la ley bajo la cual el trabajador cotizó durante su vida laboral. CANVA

Uno de los aspectos más importantes es que el destino de los recursos depende de la ley bajo la cual el trabajador cotizó durante su vida laboral. CANVA

Muchas personas creen que el dinero de una Afore desaparece o pasa al gobierno cuando el titular fallece. La realidad es distinta: esos recursos pueden ser heredados, pero los beneficiarios deben cumplir ciertos requisitos y realizar un trámite para poder recibirlos.

El dinero de la Afore no se pierde cuando fallece el titular

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Una de las dudas más comunes entre los trabajadores mexicanos es qué sucede con los recursos acumulados en una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) cuando el titular muere.

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), el dinero de la cuenta individual no desaparece ni pasa automáticamente al gobierno. Por el contrario, los recursos son heredables y pueden entregarse a los beneficiarios, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la legislación mexicana.

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Esto significa que los familiares o personas con derecho a los recursos deberán realizar el procedimiento correspondiente para acreditar su calidad de beneficiarios y solicitar la entrega del ahorro para el retiro.

¿Quién puede cobrar el dinero de una Afore?

La Consar explica que, tras el fallecimiento de un trabajador, los recursos de la cuenta individual pueden ser entregados a los beneficiarios legales o, en algunos casos, a beneficiarios sustitutos, dependiendo de la situación familiar del titular y del régimen de seguridad social al que pertenecía.

La legislación establece que el reconocimiento de estos beneficiarios puede requerir una resolución emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), según corresponda.

Por ello, no basta con ser familiar del trabajador fallecido. En algunos casos será necesario acreditar legalmente el derecho a recibir tanto los recursos de la Afore como las prestaciones relacionadas.

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El régimen de cotización cambia la forma en que se entregan los recursos

Uno de los aspectos más importantes es que el destino de los recursos depende de la ley bajo la cual el trabajador cotizó durante su vida laboral. En el caso de quienes pertenecen al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, la legislación vigente establece que los padres del trabajador fallecido pueden acceder actualmente al 90% de la pensión, siempre que se cumplan los requisitos previstos por la ley.

Por otro lado, quienes cotizan bajo la Ley del Seguro Social de 1997 están sujetos a reglas diferentes. En estos casos, el acceso tanto a los recursos de la Afore como a las pensiones por sobrevivencia depende de factores como las semanas cotizadas, la existencia de beneficiarios reconocidos y las disposiciones legales aplicables.

Debido a estas diferencias, cada caso debe analizarse conforme al régimen de seguridad social del trabajador fallecido.

¿Cómo reclamar el dinero de una Afore?

La Consar señala que el primer paso consiste en acudir directamente a la Afore donde estaba registrada la cuenta individual del trabajador. Ahí se inicia el trámite correspondiente para acreditar el derecho de los beneficiarios y solicitar la entrega de los recursos.

Durante el procedimiento pueden solicitarse diversos documentos, entre ellos:

  • Acta de defunción del titular.
  • Identificación oficial de quien realiza el trámite.
  • Documentos que acrediten el parentesco con el trabajador.
  • Resolución que reconozca la calidad de beneficiario, cuando la legislación lo requiera.

Una vez que la institución verifica la documentación y confirma que el solicitante tiene derecho a recibir los recursos, la cuenta individual puede ser entregada conforme a lo establecido por la ley.

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¿Qué pasa si no se realiza el trámite?

El hecho de que los recursos sean heredables no significa que se entreguen de manera automática. Los beneficiarios deben iniciar el procedimiento ante la Afore correspondiente y, cuando sea necesario, obtener las resoluciones emitidas por el IMSS o el ISSSTE para acreditar legalmente su derecho.

Por ello, especialistas recomiendan que los trabajadores mantengan actualizada la información de sus beneficiarios y que sus familiares conozcan en qué administradora se encuentra registrada su cuenta individual, ya que esto puede facilitar el proceso en caso de fallecimiento.

Los recursos acumulados en una Administradora de Fondos para el Retiro forman parte del patrimonio del trabajador y, por ello, la legislación mexicana contempla mecanismos para que puedan ser entregados a quienes tengan derecho a recibirlos.

Aunque el procedimiento puede variar según el régimen de cotización y la situación familiar del titular, la regla general es clara: el dinero de la Afore no desaparece con el fallecimiento del trabajador. Siempre que los beneficiarios acrediten su derecho y completen el trámite correspondiente ante la Afore y las autoridades competentes, los recursos podrán ser entregados conforme a lo establecido por la ley.

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