Martes, 10 de Junio 2025
Economía | SAT

Esto RESPONDE el SAT sobre presuntas visitas masivas

El SAT cuenta con la facultad para realizar visitas domiciliarias sustentadas en el Código Fiscal de la Federación

Por: Óscar Ernesto Álvarez Gutiérrez

Cuando el SAT realiza alguna visita a domicilio, únicamente es para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Cuando el SAT realiza alguna visita a domicilio, únicamente es para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias. EL INFORMADOR / ARCHIVO

¿El Servicio de Administración Tributaria (SAT) realiza visitas domiciliaras a los contribuyentes? Este cuestionamiento ha surgido durante los últimos días debido a algunos señalamientos, pero ¿Qué tan cierto es esto?

Es falso que el fisco esté realizando visitas masivas a los domicilios de los contribuyentes, y mucho menos a jubilados y pensionados, afirmó el SAT.

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Acusó que en algunos medios de comunicación circula información que pretende infundir miedo y promover una imagen de terrorismo fiscal en el país.

"No existe un operativo de visitas enfocado a un régimen o tipo de contribuyente específico como asalariados, honorarios, arrendadores, Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), jubilados o personas morales", aseguró en una nota informativa.

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Por ello pidió a los contribuyentes que, en caso de que alguien los quiera sorprender, presenten sus denuncias ante el SAT a través de los siguientes canales de atención:

  • Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx
  • También por línea telefónica: MarcaSAT: 55 627 22 728

¿El SAT sí realiza visitas domiciliarias?

Explicó que si bien el SAT cuenta con la facultad para realizar visitas domiciliarias sustentadas en el Código Fiscal de la Federación, es una actividad que se realiza únicamente con base en criterios de riesgo fiscal determinados objetivamente.

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Indicó que cuando se realiza alguna visita a domicilio, únicamente es para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias, respetando siempre los derechos de las personas.

Precisó que las personas jubiladas y pensionadas no son un sector prioritario de revisión; "aplica en casos excepcionales", enfatizó.

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