Jueves, 28 de Marzo 2024

Restaurantes se bajan de aplicaciones de reparto por aumento de precio

Empresas repartidoras trasladan el monto del IVA y del ISR a vendedores y consumidores

Por: El Informador

Expertos aseguran que el gravamen a aplicaciones y repartidores es correcto, pero está mal en su aplicación directa. EL INFORMADOR/E. Barrera

Expertos aseguran que el gravamen a aplicaciones y repartidores es correcto, pero está mal en su aplicación directa. EL INFORMADOR/E. Barrera

Luego de enfrentar pérdidas económicas por la pandemia de COVID-19, ahora los restauranteros de Jalisco también se han visto afectados por el cobro del IVA e ISR que hace el Sistema de Administración Tributaria (SAT) desde junio pasado a las plataformas tecnológicas que prestan sus servicios de entregas a domicilio, por lo que prefieren darse de baja de esas aplicaciones.  

Un ejemplo es un establecimiento ubicado en colonia Americana, el cual tuvo ventas, el viernes anterior, por cinco mil 500 pesos. Sin embargo, sólo recibió mil 702. 

Anteriormente habría obtenido tres mil 850. Otros negocios como Boca del Cielo y Patán Ale House se suman al abandono de ese apoyo digital.

Impuesto de apps impacta a negocios y consumidores

A partir de junio, las empresas que prestan servicios digitales  por medio de aplicaciones (app) están obligadas al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las transacciones que se hagan dentro de éstas, así como la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) de los trabajadores que generen ingresos por esa vía. Sin embargo, restauranteros y consumidores son los que están recibiendo el impacto. 

El especialistaen economía, Luis Ignacio Román, aseguró que el gravamen a aplicaciones digitales es “una buena iniciativa con problemas fuertes de implementación, sobre todo en el momento actual de la pandemia”.

El académico del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) dijo que el planteamiento no es incorrecto sino el cómo se está haciendo el juego de poder económico en su aplicación directa.

 “Si se está tratando de gravar a esas empresas es porque están obteniendo altas utilidades sin estar produciendo directamente la mayor parte del bien o servicio que recibe el consumidor. Estas empresas no pierden, sino que les pasan el costo a los demás y es ahí donde debe regularse de manera clara al respecto”.

Refirió que el Estado está requiriendo ingresos para sostener los estímulos que está generando, aunque lamenta que esto “termina por ser una afectación adicional, principalmente para el consumidor de bajos ingresos y para el microproductor”.

Comentó que se le debe apostar al cobro de impuestos a las empresas más grandes (como las trasnacionales) y no a las personas, y que éstos se hagan de manera progresiva, por tamaño de unidad económica. 

A manera excepcional, señaló, podría hacerse un esquema de devolución de impuestos para las Pymes más afectadas. 

Por su parte, Moisés Alarcón, catedrático de la Universidad de Guadalajara,  opinó que “a las empresas y las personas que venden ahí les ha faltado la gestión de ventas. Están los productos anunciados, pero no hay una estrategia para que los vendedores puedan incrementar su ticket de venta”.

El gravamen a plataformas digitales

Para conocer más sobre las modificaciones a las leyes tributarias referentes a las plataformas tecnológicas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene el sitio: http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/index.html

En este espacio hay dos opciones, tanto para personas físicas (quienes generan ingresos a través de la prestación de sus servicios o venta de algún producto en estas apps) como para las empresas de aplicaciones.
 

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