Lunes, 04 de Noviembre 2024

LFT: ¿Cómo presentar mi renuncia voluntaria y qué prestaciones te deben pagar?

Esta decisión tiene que hacerse con cuidado y con la información adecuada

Por: Carolina Magaña

Para que no existan malentendidos, lo mejor es presentar una renuncia por escrito. ESPECIAL/Pexels y CANVA

Para que no existan malentendidos, lo mejor es presentar una renuncia por escrito. ESPECIAL/Pexels y CANVA

En un mundo laboral en constante cambio, las renuncias se han convertido en un fenómeno común por el que suelen pasar muchos empleados y patrones. Cambiar de trabajo a veces es necesario para seguir avanzando y expandiendo las experiencias del mundo laboral. 

No obstante, esta decisión tiene que hacerse con cuidado y con la información adecuada, por lo que en esta nota te compartimos todos los detalles sobre los derechos y obligaciones que te corresponden antes y durante la presentación de tu renuncia. 

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, no existe un plazo legal obligatorio para presentar la renuncia voluntaria en cualquier relación laboral. Sin embargo, es recomendable hacerlo con suficiente anticipación, para que la empresa pueda poner en práctica las medidas necesarias y buscar a una nueva persona que reemplace las funciones del empleado que se va a ir. 

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¿Cómo presentar mi renuncia voluntaria?

Para que no existan malentendidos, lo mejor es presentar una renuncia por escrito a través de un documento que le otorgue formalidad. En general, el formato de la renuncia puede ser el siguiente: 

  • Ubicación y fecha del documento de renuncia.
  • Nombre del empleador al que se presenta la renuncia.
  • Expresión de la intención de renunciar.
  • Tipo de vínculo laboral o contrato de trabajo.
  • Cargo del empleado.
  • Razones para la renuncia.
  • Nombre y firma del empleado.
  • Nombre y firma de dos testigos.

¿Qué prestaciones te deben pagar?

Aunque tú seas quien está tomando la decisión de irse de la empresa, por ley te corresponden ciertas prestaciones que te deben otorgar antes de que te vayas. Estas obligaciones son: 

  • Aguinaldo.
  • Vacaciones y prima vacacional.
  • Prima de antigüedad (a partir de mínimo 15 años de haber trabajado en la institución).
  • Las prestaciones que estaban por escrito en tu contrato de trabajo o los acuerdos a los que llegaste con tu patrón.

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