Inapam: Estos son los adultos mayores que recibirán pago extra por utilidades
Para que las personas mayores de 60 años con Inapam puedan recibir utilidades deben cumplir los requisitos laborales
Los adultos mayores que trabajan formalmente reciben utilidades, en especial los que estén vinculados a empresas mediante el programa dentro de Inapam de Vinculación Productiva al cual los adultos deben de formar parte.
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Este programa es una iniciativa en México que conecta a personas de 60 años o más con empresas que ofrecen empleos formales, sueldos competitivos y prestaciones de ley, con horarios flexibles. Su objetivo es promover la inclusión laboral, la independencia económica y el reconocimiento de la experiencia de los adultos mayores.
Además de garantizar el derecho al reparto de utilidades, este programa permite a los beneficiarios obtener ingresos mensuales que, dependiendo de la zona geográfica, pueden superar los 12 mil pesos en la Zona Libre de la Frontera Norte o rondar los ocho mil 364 pesos aproximadamente en el resto del país. Asimismo, al firmar un contrato formal, los trabajadores retoman sus aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo que impacta positivamente en el cálculo final de sus pensiones.
Para que los adultos mayores con Inapam puedan recibir utilidades deben cumplir los requisitos laborales.
Requisitos:
- Es indispensable estar contratado formalmente en un empleo, preferiblemente a través del programa de Vinculación Productiva del Inapam.
- Tiempo laborado: Haber trabajado al menos 60 días durante el año fiscal correspondiente (que para este año corresponde al 2025).
- Que la empresa donde se esté trabajando haya generado utilidades netas superiores a lo establecido por la ley, y que esta tenga más de un año en funcionamiento, pues sólo así está la obligación de repartir el 10% de las ganancias entre los trabajadores.
¿Cuándo se pagan las utilidades y de cuánto es el monto?
Las fechas de pago de utilidades para este año 2026 son del 1 de abril al 30 de mayo para empresas (personas morales), y del 1 de mayo al 29 de junio para patrones (personas físicas).
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El monto es variable para todos, pues este se calcula con base en el salario y antigüedad del adulto mayor en la empresa, igual que cualquier empleado, y depende las ganancias de la empresa en la que se labore.
Es importante mencionar que este ingreso adicional no aplica para los jubilados/pensionados que ya no trabajan, ni para empresas de nueva creación en su primer año, ni instituciones de beneficencia.
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KR