LFT: ¿Qué hago si no me pagan el triple por trabajar el 1 de mayo?
Si trabajaste este 1 de mayo, la Ley Federal del Trabajo establece que deberás recibir un pago extra por laborar en día festivo
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), si laboraste este 1 de mayo, Día del Trabajo, se te debe pagar el triple. En caso de no recibir este pago, tienes derecho a reclamarlo.
A continuación, te decimos qué hacer si tu empresa no te brinda este pago y dónde reportarlo.
¿Cuánto me pagan si trabajo el 1 de mayo?
El artículo 74 de la LFT establece que el 1 de mayo es un día de descanso obligatorio oficial. Así que las personas que trabajen durante ese día deben recibir su salario diario, más uno doble.
Para calcular lo que te corresponde por laborar un día festivo como el 1 de mayo, debes considerar lo siguiente:
Salario Mínimo General (2025): Si ganas el salario mínimo general ($278.80 al día), por trabajar el 1 de mayo deben pagarte $836.40, lo que incluye tu salario diario más el doble por ser día festivo.
Salario Mínimo en la Zona Fronteriza (2025): Si ganas el salario mínimo en la zona fronteriza ($419.88 al día), te deben pagar mil 259.64 pesos por ese día. Esto incluye tu salario normal más el doble.
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¿Qué hacer si mi empresa no me paga los días festivos?
Si tu empresa no te paga lo correspondiente al día festivo trabajado deberás acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Puedes presentar la queja de la siguiente manera:
- Por teléfono: al 800 911 7877 y 800 717 2942
- Enviando un correo a: orientacionprofedet@stps.gob.mx
- Ubicando las unidades móviles que están en la CdMx
Para presentar una denuncia, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) te solicitará ciertos datos que permitan proceder con el trámite y respaldar legalmente tu caso. A continuación, te decimos cuáles son:
- Nombre completo del trabajador.
- Nombre o razón social de la empresa.
- Domicilio de la empresa o centro de trabajo.
- Puesto que desempeñas y funciones principales.
- Tiempo que llevas laborando en la empresa.
- Salario que percibes (semanal, quincenal o mensual).
- Copia del contrato laboral (si se cuenta con uno).
- Comprobante de pago o recibos de nómina (de ser posible).
- Identificación oficial vigente.
- Una breve descripción de los hechos o incumplimientos (por ejemplo, no pago de día festivo).
Recuerda que, de no recibir tu pago, la Ley Federal del Trabajo (LFT) te respalda y puede defenderte para que se respete tu derecho.
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