Te explicamos cómo es el proceso para aprobar la reducción de la jornada laboral
En lo que va de la LXVI legislatura se han presentado 10 proyectos para reducir la jornada laboral
La iniciativa para la reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas ya tiene años cabildeándose en la Cámara de Diputados.
En 2023 ya se había aprobado una iniciativa en comisiones pero la Junta de Coordinación Política (Jucopo) acordó posponer para marzo del 2024 la discusión y votación en el Pleno del dictamen, pero nunca se votó.
Asimismo pretendían crear una reserva que elaborarían con el sector obrero, los empresarios y los diputados para que contará con el respaldo de todos los grupos parlamentarios, pero nunca se realizó.
En lo que va de la LXVI legislatura, que inició en septiembre del 2024, se han presentado 10 proyectos para reducir la jornada laboral.
Las nuevas propuestas contemplan una transición gradual (acorde a la propuesta de la presidencia), además de incluir a los trabajadores del sector público en el proyecto. Los proyectos contemplan cinco días de trabajo y dos días de descanso.
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El secretario de Trabajo y Previsión Social (STPS), Marath Bolaños, anunció ayer que el próximo 2 de junio empiezan las mesas de trabajo con los diferentes sectores para que en enero de 2023 entre en vigor la nueva ley que contempla reducir la jornada laboral.
El abogado constitucionalista Arturo Zamora explicó que la iniciativa aprobada en comisiones del 2023 sigue vigente y se podría retomar y agregar los acuerdos de las mesas de diálogo que se tienen previstas instalar próximamente.
"Lo que puede ocurrir si ya hay una iniciativa vigente y nunca se subió al pleno es que estas nuevas iniciativas tomen en consideración algunos de los aspectos de la que ya se dictaminó", explicó.
Arturo Zamora detalló que el proceso para su aprobación puede durar varios meses y podría dictaminarse en un periodo extraordinario antes del 1 de septiembre o en un ordinario a partir del 1 de septiembre.
Para avalar esta reforma es necesario modificar el Artículo 123 constitucional para lo cual se requiere de la votación de las dos terceras partes de los diputados en el Congreso.
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OB