Más de 12 mil trabajadores de plataformas digitales ya cuentan con seguridad social en Jalisco
México es uno de los primeros países en establecer un esquema de seguridad social obligatorio para estos trabajadores
La incorporación obligatoria de personas trabajadoras de plataformas digitales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a partir de las recientes reformas federales que les consideran como personas trabajadoras y no como "socios de las empresas para las que trabajan", avanza en Jalisco con cifras favorables.
De acuerdo con el supervisor de Afiliación del IMSS Jalisco, Héctor Iván Cornejo Ballesteros, al corte de mayo de este 2026 suman ya 12 mil 276 las y los trabajadores en Jalisco dentro de este programa, una cifra que además ha permitido extender la cobertura médica a más de 32 mil personas al considerar a las y los beneficiarios registrados por cada asegurado.
El supervisor de Afiliación explicó que este esquema es distinto al de personas trabajadoras independientes, ya que se trata de una afiliación obligatoria para las empresas que operan plataformas digitales, a partir de las reformas establecidas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que entraron en vigor formalmente el 22 de junio de 2025.
"Es una inscripción obligatoria. En este caso, los patrones de plataformas digitales tienen que registrar obligatoriamente a sus trabajadores", manifestó el supervisor.
La reforma que dio origen al programa, recordó, convirtió a México en uno de los primeros países en establecer un esquema de seguridad social obligatorio para trabajadores vinculados a aplicaciones y plataformas tecnológicas.
"Creo que es un hecho muy importante y un hecho histórico porque a nivel internacional México fue el primero en lograr que las plataformas como Uber, DiDi, repartidores de Amazon y todo ese tipo de plataformas les otorgaran la seguridad social a los trabajadores", señaló.
De acuerdo con los datos del IMSS, para abril de 2026, Jalisco acumulaba 12 mil 276 trabajadores registrados bajo esta modalidad.
Más allá de la cifra de afiliados directos, el impacto también se refleja en el número de beneficiarios que tienen acceso a servicios médicos a través de estos registros, dijo el supervisor: "Aquí sí tenemos bien medidos los beneficiarios. Son 12 mil trabajadores nada más, pero ellos como registran a su familia estamos hablando de 32 mil personas que tienen acceso a la salud gracias a este decreto", explicó.
A nivel nacional, el programa supera el millón de trabajadores registrados y rebasa los 1.7 millones de beneficiarios, añadió Cornejo Ballesteros.
El supervisor de Afiliación explicó que las plataformas están obligadas a proporcionar mensualmente al IMSS la información de sus trabajadoras y trabajadores. Sin embargo, la obligación de asegurarlos depende de que alcancen un ingreso mínimo equivalente al salario mínimo mensual.
"El patrón de plataforma digital está obligado a registrarlos siempre y cuando el trabajador haya recibido un ingreso como mínimo del salario mínimo al mes, que actualmente es de nueve mil 582.47 pesos mensuales. Si no superan esa cantidad, no los van a registrar. Si la superan sí los llegan a registrar", explicó.
De esta forma, mientras las personas trabajadoras de plataformas permanecen aseguradas durante el mes correspondiente, tienen acceso a servicios médicos por todo el mes que mantiene vigente el registro. "Las personas, si necesitan atención médica, se les va a dar durante ese mes. Si se llegan a incapacitar, para poderles pagar la incapacidad tenemos que esperar a que se concluya el mes", señaló el supervisor.
Sin embargo, si el trabajador no alcanzó el ingreso mínimo requerido al cierre del mes, la plataforma informa esa situación al IMSS y el registro no se consolida para efectos de cotización.
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¿Cómo verifico el aseguramiento si sí alcancé la cuota de salario?
De acuerdo con Cornejo Ballesteros, las personas trabajadoras de plataformas pueden consultar directamente su situación a través de la aplicación IMSS Digital, donde es posible revisar la vigencia de derechos y el historial de cotizaciones.
"Les recomiendo que se metan a la aplicación IMSS Digital. Podemos bajar tanto nuestras semanas cotizadas como nuestra vigencia. Ahí nos va a decir si hoy estamos vigentes junto con nuestros beneficiarios", dijo.
También existe la opción de consultar el Reporte Personalizado de Cotización, mediante el cual el instituto informa mensualmente los días cotizados por cada persona trabajadora.
"El IMSS les va a mandar cuántos días cotizaron del mes inmediato anterior. Está muy bueno porque si tú eres trabajador te das cuenta de inmediato si el patrón sí te dio de alta o no te dio de alta", indicó.
En caso de detectar irregularidades y haber alcanzado el ingreso mínimo requerido, las personas trabajadoras pueden acudir a las subdelegaciones del instituto para presentar una denuncia y solicitar la revisión de su situación laboral.
Jalisco es segundo a nivel nacional con más personas trabajadoras del hogar afiliadas al IMSS
Jalisco ocupa el segundo lugar nacional en afiliación de personas trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con un total de cuatro mil 692 registros vigentes al corte de abril de 2026, dio a conocer el supervisor de Afiliación del IMSS Jalisco, Héctor Iván Cornejo Ballesteros.
Con esta cifra, dijo, la entidad se ubica únicamente por debajo de Ciudad de México, que suma a siete mil 282 personas afiliadas a este esquema que desde 2023 dejó de ser voluntario para convertirse en una obligación patronal. En el tercer puesto se ubica el Estado de México, con tres mil 658 afiliaciones.
El funcionario explicó que el programa representa uno de los cambios más importantes en materia de protección social para este sector laboral, ya que obliga a los empleadores a registrar a las personas que realizan trabajo doméstico remunerado.
Como parte de la estrategia para ampliar la cobertura, explicó Cornejo Ballesteros, el IMSS trabaja en coordinación con la Secretaría del Trabajo, organizaciones sindicales y asociaciones civiles para acercar información tanto a trabajadores como a empleadores.
"Nos hemos acercado a diferentes fundaciones civiles para tratar de llegar tanto a los trabajadores para darles la información de los beneficios que tienen, pero también nos interesa acercarnos mucho al sector patronal", explicó.
Beneficios para trabajadores y empleadores
Además del acceso a servicios médicos y prestaciones económicas, el registro protege a las y los empleadores frente a posibles gastos derivados de accidentes o enfermedades ocurridas durante la relación laboral, aunque exclusivamente durante los días que se les tiene asegurados.
"Es importante que todas las personas quienes tengan trabajadoras o trabajadores del hogar cumplan con esta responsabilidad, porque si se les llega a accidentar una persona trabajando en su casa y no la tienen registrada, ellos están obligados a pagarles toda la atención médica que resulte, así como las prestaciones económicas que resulten", indicó.
Así, cuando la afiliación se realiza correctamente, cubriendo los días exactos que la persona ofrece sus servicios, la responsabilidad de otorgar esas prestaciones recae en el instituto. "Si yo registro una persona y estoy pagando mis cuotas, totalmente le derivo la obligación de pagar esas prestaciones al instituto", añadió.
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Héctor Iván Cornejo recordó que el esquema contempla diferentes modalidades según los días trabajados, pues existen personas que laboran tiempo completo para un solo empleador y otras que prestan servicios a varios patrones durante distintos días de la semana.
"La particularidad de personas trabajadoras del hogar es que tenemos varios tipos de trabajadores, unos que son de tiempo completo y unos que son multipatrón: por ejemplo, todos los lunes van con una persona, los martes con otra. En estos casos, cuando el patrón o patrona van a realizar la afiliación de la persona trabajadora, en la plataforma sale un calendario para que seleccionen los días que van a ir a trabajar. Entonces se cobra solamente en función de los días registrados en ella", explicó el supervisor sobre las bondades de esta flexibilidad de registro.
Cornejo señaló que se ha detectado que una de las prácticas más frecuentes consiste en registrar a las personas con un salario inferior al que realmente perciben, situación que puede generar problemas para los empleadores.
"Por eso es bien importante registrarlos con el salario real. Si yo soy patrón o patrona y lo registro con el salario real y los días que va conmigo, estoy asegurándome también de que no me van a cobrar nada si se llega a accidentar o se llega a enfermar mi trabajador", afirmó.
El funcionario detalló que, por ejemplo, para una persona trabajadora del hogar con un ingreso promedio de 550 pesos diarios, la aportación patronal ronda los 150 pesos por día laborado, mientras que al trabajador se le descuentan alrededor de 18 pesos.
Además, recordó que las cuotas son tripartitas y contemplan aportaciones tanto del trabajador como del patrón, junto con los componentes destinados al Infonavit y al sistema de ahorro para el retiro. Insistió en que el cumplimiento correcto de esta obligación beneficia tanto a las personas trabajadoras como a quienes las contratan, al garantizar cobertura médica, prestaciones económicas y acceso a derechos de seguridad social.
¿Cómo registro a mi trabajadora o trabajador del hogar?
Si eres una persona empleadora que por primera vez inscribirá a la persona trabajadora del hogar que labora para ti, ingresa a www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/inscripciony sigue los pasos descritos a continuación:
- Iniciar el trámite con los datos de la persona empleadora: CURP y correo electrónico.
- Registrar la información de la persona empleadora: Datos de contacto y domicilio; asimismo, manifestar bajo protesta de decir verdad que los datos asentados en la solicitud son verdaderos.
- Registrar la información de la Persona Trabajadora del Hogar: Número de Seguridad Social (NSS) —en caso de no tenerlo, se puede generar en línea—, CURP, correo electrónico (opcional) y domicilio. Especificar la información de cotización de la persona trabajadora del hogar: si trabaja por mes completo o por día (se deberán seleccionar los días que labora) y el salario mensual o diario, según corresponda.
- Confirmación de datos: Revisar que los datos proporcionados sean correctos; en caso contrario, realizar la corrección.
- Generar el formato de incorporación y línea(s) de captura para pago: Descargar el formato de incorporación para las Personas Trabajadoras del Hogar y la(s) línea(s) de captura para realizar el o los pago(s) correspondiente(s).
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