Jalisco

Entra en vigor reforma que aumenta atribuciones a notarios públicos

Las modificaciones incluyen la posibilidad de que los fedatarios públicos realicen divorcios y resuelvan intestados

Fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado y entraron en vigor las reformas que dan nuevas facultades a los notarios públicos de Jalisco y eliminan las Fiats vitalicias. El gobernador Aristóteles Sandoval, promulgó el pasado 1 de septiembre, el decreto con el paquete de modificaciones que incluye la posibilidad de que los fedatarios públicos realicen divorcios y resuelvan intestados
 
En los artículos transitorios del decreto se especifica que a quienes obtuvieron su nombramiento previo a la reforma, no se les aplicará el retiro forzoso a los 80 años. 


 
El requisito de solicitar licencia a cualquier cargo público, por lo menos un año antes de buscar una notaría, no se aplicará a quienes hayan obtenido la patente de aspirante al ejercicio del notariado antes de la entrada en vigor de la reforma. Este artículo, permite al secretario general de gobierno, Roberto López Lara, seguir aspirando por alguno de los nombramientos que se entregarán antes de que finalice la actual administración estatal.  
 
El próximo 27 de septiembre se aplicará, en el Colegio de Notarios del estado, el examen de oposición a los aspirantes a una de las 29 notarías que fueron declaradas vacantes en la convocatoria publicada el pasado mes de julio por el gobernador. 
 
Con las nuevas facultades los notarios podrán realizar divorcios administrativos cuando el matrimonio no tenga hijos o éstos ya sean mayores de edad, no estudien y no requieren pensión. El fedatario también podrá intervenir como conciliador en los divorcios de mutuo consentimiento. Además, están facultados para hacer aclaraciones en las actas del Registro Civil que contengan errores ortográficos o mecanográficos, siempre que no afecten los datos, además de realizar procesos sucesorios donde haya acuerdo.
 


Se modificaron la Ley del Notariado, la Ley del Registro Civil, el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles del estado.    

LS

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