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Reformas para una oralidad fallida

A casi tres años y medio que terminó el plazo de ocho años para la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal Adversarial, cuyo pilar son los juicios orales y alternativos, aquel 18 de julio del 2016, se abrirá nuevamente en México todo un debate sobre este modelo al que se le apostó todo y está muy lejos de contribuir al combate de la corrupción y la impunidad, y a la pacificación del País como se esperaba.

En el Poder Legislativo se trabaja desde ayer en un paquete de nueve iniciativas para tratar de fortalecer y corregir procesos en el ámbito de la procuración, impartición de justicia y la ejecución de sanciones, a saber:

1) Que propone reformas constitucionales a los artículos 5 (respecto al trabajo de los presos a favor de la comunidad); 16 (sobre las detenciones y arraigos); 18 (sobre el trabajo penitenciario); 19 (proponen eliminar el auto de vinculación a proceso y se cite de inmediato a audiencia inicial); 20 (sobre el desahogo de pruebas y valoración de los datos); 21 (para garantizar a la víctima u ofendido un carácter más activo y cuente con la asesoría técnica y jurídica adecuada); 73 (para facultar al Congreso de la Unión a expedir el Código Penal Nacional y la Ley Nacional de Cultura y Justicia Cívica); 76 (que el Senado designe a jueces y magistrados y conozca de los delitos que cometan); 94 (sobre la nueva conformación del Poder Judicial); 97 (sobre plazos y ejercicios del cargo de Magistrados de Circuito y jueces de Distrito); 101 (sobre la prohibición para Ministros de la Corte, Magistrados, jueces, secretarios y miembros de la judicatura de desempeñar otros cargos); 102 (para otorgar autonomía presupuestal a la Fiscalía General de la República); 116 (para armonizar la autonomía entre órganos de procuración de justicia federal y locales);  y 122 (sobre la autonomía de la procuración de justicia en la Ciudad de México).

2) Para reformar, adicionar y derogar artículos de la Ley de Amparo. 3) Decreto para la creación de un Nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales. 4) Para reformar, adicionar y derogar la Ley Nacional del Sistema de Justicia Penal para Adolescentes. 5) Para expedir la Ley Nacional de Cultura y Justicia Cívica. 6) Para reformar y adicionar artículos en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. 7) Para expedir el Código Penal Nacional. 8) Para expedir la Ley de la Fiscalía General de la República. Y 9) Para reformar, adicionar y derogar la Ley Nacional de Ejecución Penal.

La escalada de violencia e inseguridad que padecemos en todo el País obliga sin duda a revisar lo que no ha funcionado de la oralidad con la que se aspiraba a sustituir un modelo de justicia inquisitiva que colapsó por sus altos niveles de corrupción.

Habrá pues que estar muy pendientes del debate de estas reformas por venir, en espera de que aporten más que las reformas que en esta misma materia se aprobaron el 18 de junio del 2008 cuando se estableció que el nuevo sistema procesal acusatorio debería entrar en vigor en un plazo de 8 años. Literalmente, se nos va la vida en ello.

jbarrera4r@gmail.com
 

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