Economía

SAT: La cantidad máxima de dinero que se puede transferir desde la app de tu banco

El SAT puede requerir documentación que acredite que los movimientos son transferencias internas y no ingresos omitidos en la declaración

El Banco de México (Banxico) anunció que desde el 1 de octubre de 2025 comenzará a operar una nueva herramienta llamada Monto Transaccional del Usuario (MTU). Este mecanismo permitirá a los clientes fijar un límite máximo para sus transferencias electrónicas, con la finalidad de reforzar la seguridad y reducir los riesgos de fraude en el uso de cuentas bancarias.

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¿En qué consiste el MTU?

El MTU funcionará como un tope personalizado que cada persona podrá definir en su banca digital, ya sea a través de la aplicación móvil o desde la plataforma en línea. Dicho límite se podrá configurar de forma diaria, semanal o mensual.

Por ejemplo, si alguien establece un MTU de 10 mil pesos al día, ninguna transferencia podrá superar esa cantidad sin un proceso de autorización adicional.

De acuerdo con Banxico, todos los bancos deberán incorporar esta funcionalidad en sus sistemas digitales a partir de la fecha indicada. Hasta el momento, HSBC México es la institución que ha dado más información al respecto, aunque la medida será obligatoria para todo el sector financiero.

El papel del SAT en las transferencias

De manera paralela, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene sus propios esquemas de control sobre las operaciones electrónicas. Según la autoridad fiscal, cualquier transferencia superior a 15 mil pesos (ya sea a cuentas de terceros o entre cuentas propias en distintos bancos) genera alertas automáticas y puede estar sujeta a supervisión.

Posibles sanciones

Cuando un contribuyente supera ese umbral, el SAT tiene facultades para aplicar distintas medidas, entre ellas:

  • Multas por omisión en la declaración de movimientos.
  • Retención del 3% sobre el excedente, bajo el concepto del antiguo Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).
  • En algunos casos, incluso los traspasos entre cuentas del mismo titular pueden considerarse como ingresos adicionales, lo que obliga al contribuyente a demostrar que no corresponden a depósitos externos.

Obligaciones desde 2021

De acuerdo con el artículo 59, fracción III del Código Fiscal de la Federación, vigente desde 2021, los contribuyentes deben llevar un registro puntual de todos los depósitos e ingresos que entren a sus cuentas bancarias.

Esto significa que, en caso de revisión, el SAT puede requerir documentación que acredite que los movimientos son transferencias internas y no ingresos omitidos en la declaración.

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BB

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