Suplementos

El Séptimo Mandamiento

El Séptimo Mandamiento defiende el derecho de propiedad y prohíbe el robo, porque es un acto de injusticia

     “No robarás” (Ex 20, 15). El Séptimo Mandamiento defiende el derecho de propiedad y prohíbe el robo, porque es un acto de injusticia quitar a otro lo que pertenece lícitamente. En este mandamiento están incluidos varios aspectos. El más obvio, es quitar, retener, estropear o destrozar bienes o propiedades ajenos contra la voluntad razonable de su legítimo dueño (Catecismo de la Iglesia Católica, 2401). Aquí hablamos de hurto, cuando los bienes ajenos se sustraen de manera oculta, o asalto –que a veces también se le llama rapiña– cuando se roba con violencia y de manera manifiesta. En el orden puramente humano, son delitos que se persiguen de oficio y a todos los tipos de ladrones se les aplica un castigo acorde con la gravedad de su acción.
     En seguida se tiene lo referente al fraude, en el que se incluyen prácticas como, por ejemplo, alterar básculas para dar kilos de 900 gramos, ocultar defectos en mercancías y venderlas como buenas, vender con márgenes de ganancia extremadamente altos o productos adulterados (Catecismo, 2409). Particularmente el caso de la piratería –un nombre muy adecuado–, tan abundante en nuestra sociedad, se incluye en las prácticas fraudulentas y, lo que es peor, está causando un daño quizá irreparable a la economía nacional. Como afirma un anuncio publicitario: “comprar artículos piratas dice mucho de quién eres”.
      Por otro lado, el fraude cometido por los llamados ladrones de cuello blanco es una forma muy vil de robar, pues la persona que lo comete aprovecha de una situación de poder o de fuero, por la que muchas veces no es posible perseguirla. Los empleados públicos son otra categoría de personas que han de tener especial cuidado, pues son elegidos y pagados con los recursos obtenidos del trabajo de todos los ciudadanos. Su responsabilidad es extrema, pues son de la clase que se encuentra en situaciones de poder y fuero; aprovecharse de eso, sólo agravaría la situación de pecado cuando la hubiese. Es posible que sea la peor clase de ladrones que existen en el mundo.   
     Otras formas veladas de robo las realizan quienes, al cobrárseles menos por error de quien cobra, por ejemplo en un restaurante, no se lo hace ver y le paga muy contento la cantidad solicitada. O a quien después de una compra le devuelven un cambio superior al que debería ser y muy calladamente se lo guarda.
     Una forma más de fraude  es no pagar un salario justo, y el retraso del pago por negligencia u otra causa pudiendo hacerlo a tiempo (Catecismo, 2434). Pero también defraudan los trabajadores un salario justo acordado mediante contrato, si desperdician deliberadamente el tiempo o los materiales de la empresa o institución para la que trabajan, o si no rinden un justo día de trabajo por el jornal que reciben. Por ejemplo, utilizar la Internet institucional para asuntos personales, como enviar cadenas; mensajes de correo electrónico por los que arreglan asuntos de índole diferente al trabajo; salones de chat o navegar por páginas no relacionadas con el trabajo, es robar el tiempo y los recursos de la empresa. Por otro lado, utilizar algunos minutos para descansar después de dos o tres horas de trabajo intenso es, inclusive, beneficioso; pero si se utilizan dos o tres horas de las ocho que conforman una jornada ordinaria de trabajo, para platicar, divertirse con juegos de computadora o tomar café con los compañeros de trabajo, se está robando a la empresa.
     Otras dos ofensas contra la justicia por la que clama el Séptimo Mandamiento son, primero, recibir bienes que se conoce que son robados, tanto si se aceptan regalados como si se compran. A los ojos de Dios y de los hombres, quien recibe bienes robados es tan culpable como el ladrón. Segundo, quedarse con objetos hallados sin hacer un esfuerzo razonable para encontrar a su propietario.
      Pero, además de todo esto, hay cuestiones insoslayables; por ejemplo, ¿es pecado que una persona muy pobre robe un pan para dar de comer a su hijo que tiene hambre?, ¿un refugiado que toma un vehículo para escapar de los perseguidores que amenazan su vida?, ¿es tan grave robar 50 pesos como un millón de pesos? La situación no es tan simple como parece, por lo que debe acudirse al consejo del sacerdote para aclarar cada caso particular. Que el Señor nos bendiga y nos guarde.

Antonio Lara Barragán Gómez OFS
Escuela de Ingeniería Industrial
Universidad Panamericana
Campus Guadalajara
alara(arroba)up.edu.mx

   

Temas

Sigue navegando