México
Revoca TEPJF multa del IFE a coalición Por el Bien de Todos
La Sala Superior del TEPJF resolvió en su sesión pública de este miércoles 11 juicios para la protección de los derechos políticos de ciudadanos, cuatro juicios de revisión constitucional y siete recursos de apelación
MÉXICO.- La Sala Superior del
TEPJF revocó la resolución del Consejo General del IFE mediante la cual impuso a la coalición Por el Bien de Todos (PRD, PT y Convergencia) una multa por la transmisión de dos spots presuntamente contra un candidato a senador por el Partido Acción Nacional (PAN) en Baja California.
En sesión pública de resolución los magistrados ordenaron a la autoridad electoral reponer el procedimiento administrativo sancionador seguido contra la coalición, para lo cual concedieron un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la sentencia.
La Sala Superior dictó que las autoridades y particulares relacionados con el desahogo de pruebas ofrecidas por los actores en el procedimiento administrativo sancionador de origen están constreñidos al cumplimiento de la ejecutoria en los términos que formule la autoridad administrativa electoral.
Ello con el fin de que el órgano electoral se encuentre en aptitud de cumplimentarla dentro del plazo concedido.
El proyecto de sentencia presentado por el magistrado Pedro Esteban Penagos señaló que la sanción fue impuesta por el Instituto Federal Electoral (IFE), que estimó denigrante la propaganda política transmitida en dos spots de televisión contra el candidato a senador en 2006 por el estado de Baja California.
Los partidos sancionados señalaron que el órgano responsable omitió valorar las pruebas de descargo que se ofrecieron, además de que tampoco analizó el contenido de los promocionales que dieron origen a la sanción, privándolos de la posibilidad de probar la legalidad de los mismos.
El tribunal consideró sustancialmente fundado el agravio porque la responsable actuó incorrectamente cuando tuvo por acreditada la falta.
Más adelante los magistrados determinaron revocar la resolución del Consejo General del IFE, que sancionó al partido Alternativa Socialdemócrata por 210 mil 360 pesos.
Lo anterior por considerar que incurrió en violaciones al Cofipe al utilizar un oficio emitido por la Unidad de Apoyo Consultivo del instituto para destituir de su cargo a la titular de la Comisión Autónoma de Etica y Garantías de ese partido.
Alternativa acudió ante la Sala Superior para apelar esa determinación con el argumento de que, si bien utilizó el documento en cuestión fue para garantizar el funcionamiento efectivo de sus órganos estatutarios y no para obtener una ventaja excepción que la autoridad electoral no valoró en su sentencia. Sigue Revoca TEPJF multa... dos... sentencia
Antes de la discusión sobre el caso, la magistrada presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís Figueroa, con la aprobación del pleno de los magistrados, se excusó de la discusión de este asunto.
Lo anterior porque en el ejercicio de la profesión de licenciada en derecho en 2006 asesoró a Alternativa Socialdemócrata y Campesina, sobre dos asuntos resueltos por la Sala Superior ese año, que reconocieron la validez de la conducta que a la postre sería sancionada por el IFE, lo que reactivó el presente recurso.
La Sala Superior del TEPJF resolvió en su sesión pública de este miércoles 11 juicios para la protección de los derechos políticos de ciudadanos, cuatro juicios de revisión constitucional y siete recursos de apelación.
En sesión pública de resolución los magistrados ordenaron a la autoridad electoral reponer el procedimiento administrativo sancionador seguido contra la coalición, para lo cual concedieron un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la sentencia.
La Sala Superior dictó que las autoridades y particulares relacionados con el desahogo de pruebas ofrecidas por los actores en el procedimiento administrativo sancionador de origen están constreñidos al cumplimiento de la ejecutoria en los términos que formule la autoridad administrativa electoral.
Ello con el fin de que el órgano electoral se encuentre en aptitud de cumplimentarla dentro del plazo concedido.
El proyecto de sentencia presentado por el magistrado Pedro Esteban Penagos señaló que la sanción fue impuesta por el Instituto Federal Electoral (IFE), que estimó denigrante la propaganda política transmitida en dos spots de televisión contra el candidato a senador en 2006 por el estado de Baja California.
Los partidos sancionados señalaron que el órgano responsable omitió valorar las pruebas de descargo que se ofrecieron, además de que tampoco analizó el contenido de los promocionales que dieron origen a la sanción, privándolos de la posibilidad de probar la legalidad de los mismos.
El tribunal consideró sustancialmente fundado el agravio porque la responsable actuó incorrectamente cuando tuvo por acreditada la falta.
Más adelante los magistrados determinaron revocar la resolución del Consejo General del IFE, que sancionó al partido Alternativa Socialdemócrata por 210 mil 360 pesos.
Lo anterior por considerar que incurrió en violaciones al Cofipe al utilizar un oficio emitido por la Unidad de Apoyo Consultivo del instituto para destituir de su cargo a la titular de la Comisión Autónoma de Etica y Garantías de ese partido.
Alternativa acudió ante la Sala Superior para apelar esa determinación con el argumento de que, si bien utilizó el documento en cuestión fue para garantizar el funcionamiento efectivo de sus órganos estatutarios y no para obtener una ventaja excepción que la autoridad electoral no valoró en su sentencia. Sigue Revoca TEPJF multa... dos... sentencia
Antes de la discusión sobre el caso, la magistrada presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís Figueroa, con la aprobación del pleno de los magistrados, se excusó de la discusión de este asunto.
Lo anterior porque en el ejercicio de la profesión de licenciada en derecho en 2006 asesoró a Alternativa Socialdemócrata y Campesina, sobre dos asuntos resueltos por la Sala Superior ese año, que reconocieron la validez de la conducta que a la postre sería sancionada por el IFE, lo que reactivó el presente recurso.
La Sala Superior del TEPJF resolvió en su sesión pública de este miércoles 11 juicios para la protección de los derechos políticos de ciudadanos, cuatro juicios de revisión constitucional y siete recursos de apelación.