Jalisco

Diputado del PRI propone reformas a la Ley de Pensiones

Salvador Arellano dio a conocer los cambios que avaló la comisión

GUADALAJARA, JALISCO (06/DIC/2011).- El presidente de la Comisión Especial de Estudio para las reformas a la Ley de Pensiones, Salvador Arellano, dio a conocer los cambios que avaló la comisión y que deberán ser presentados en el pleno.

“Se reforman 64 artículos, se derogan 2 artículos (el artículo 35 y el 133),  y se crea un Título Único denominado “De la Rendición de Cuentas y Transparencia de la Información del Instituto” que cuenta con 3 artículos”, dijo el legislador.

La Comisión Especial que preside Arellano Guzmán se conformó el 16 de marzo del año 2010 y realizaron  foros de consulta para lograr las modificaciones pertinentes a la Ley de Pensiones del Estado, donde destacan el artículo 3 que con la reforma pretende otorgarle los beneficios al trabajador de ser un afiliado al Instituto de Pensiones de Jalisco (IPEJAL) aún cuando el  patrón no haya reportado las aportaciones al organismo.

En el tema de la pensión por jubilación se establece que las personas que hayan cumplido 65 años de edad y 30 años de cotización, se amplía a 35 años de estar aportando al IPEJAL, por lo que la edad no será requisito para poder obtener los beneficios de jubilación. En el artículo 150 se adicionan los requisitos para ocupar el cargo de Director General.

También se reforma el artículo 21 donde se especifica que los trabajadores pertenecen al régimen obligatorio deberán ser afiliados en tiempo y forma y si no se realiza su afiliación podrá ser retroactiva, de igual forma el artículo 27 establece la pensión por ascendencia, lo cual incluye entre los beneficiados a los padres cuando estos dependan económicamente de la pensión del cotizante.

Se agregan además fracciones que incluyen prestaciones de guarderías, estancias infantiles, almacenes para venta de alimentos, medicinas, artículos domésticos, ayuda de gastos de matrimonio y otros servicios que considere el Consejo Directivo.

En cuanto a las aportaciones y bases de cotización serán de acuerdo al salario integrado, derogando la anterior reforma donde se hacía referencia al sueldo tabular.

El artículo 93 se reforma para incluir la pensión por ascendencia y para efecto de que esta prestación incluya servicios médicos. Antes de la reforma propuesta sólo se hacía referencia a las pensiones de viudez y orfandad y se establecía que se otorgaría únicamente en lo económico, sin la obligación de prestar servicios médicos.

Los anteriores son algunos de los puntos importantes de la reforma que propone la Comisión Especial.

EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ

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