Martes, 02 de Diciembre 2025

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Entre veras y bromas

Por: EL INFORMADOR

— “Matrimonios”

El debate regresa al punto por donde había comenzado: una cosa es respetar, reconocer y aun tutelar el derecho de todas las personas a asociarse por así convenir a sus intereses, o a traducir en relaciones formales de convivencia sus vínculos afectivos con sus semejantes, sean de su mismo o de diferente sexo, y a dotar a tales asociaciones todas las garantías jurídicas posibles... y otra muy diferente suponer que dichas garantías tienen que ser exclusivas del matrimonio.

—II—

En los países europeos que tomaron la delantera al otorgar el estatuto legal a las uniones entre personas del mismo sexo, lo que brincaba era, precisamente, la insistencia en homologarlas y aun identificarlas con el matrimonio. Así como es práctica común que los estudiantes residentes en una ciudad diferente a aquella en que moran sus familias, compartan apartamentos y se dividan los gastos, se admitía no sólo como legítimo sino incluso como conveniente el que, por ejemplo, dos viudas, o dos madres solteras, o dos ancianos —del mismo o de diferente sexo— compartieran el mismo techo y se dieran mutuamente apoyo y compañía. Se aceptaba como razonable el que compartieran los beneficios de la seguridad social, verbigracia, o que la convivencia generara mutuos derechos hereditarios. Etc.

Si los códigos civiles de algunos estados habían incorporado la figura de las sociedades de convivencia, a la que perfectamente podían suscribirse las personas del mismo sexo que —muy al margen de sus eventuales intimidades en el terreno de la genitalidad— quisieran legalizar su convivencia , ¿qué caso tenía aferrarse a que a tales uniones se les etiquetara como “matrimonio” cuando éste, por etimología (“oficio de madre”, sería su significado literal), tiene que ver con la maternidad —es decir, con la procreación—, y esa posibilidad no cabe en dichas uniones?

—III—

El planteamiento de la Procuraduría General de la República, al plantear una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por ese motivo, bien vistas las cosas, tiene que ver menos con el derecho que con la semántica.

La moraleja de la historia —y, muy probablemente, la resolución de la Suprema Corte al cabo de sus prolijas deliberaciones sobre el tema, convertido en “casus belli” por algunos partidos políticos y por asociaciones religiosas aferradas a erigirse en gendarmes de la moral pública y de las conciencias de los individuos— cabría en el adagio ranchero: “¿Pa’ qué echar tanto brinco, estando el suelo tan parejo?...”.

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