Domingo, 15 de Junio 2025

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Amparo fiscal

Por: EL INFORMADOR

Economía y fisco

En su afán recaudatorio, la Secretaría de Hacienda y Crédito  Público (SHCP) acosa a los contribuyentes violando la Constitución en el postulado de equidad. Parte la SHCP del principio erróneo de que todo empresario es evasor fiscal, salvo prueba en contrario.

Esta actitud notoriamente agresiva provoca una reacción contraria a la que se desea. Ante la falta de equidad y de justicia, los contribuyentes buscan la manera de pagar lo menos que se pueda de impuestos.

Otra de las causas que motivan una actitud rebelde, es la forma en que se dispone de los recursos captados. La moral de los contribuyentes se derrumba cuando observan el cinismo con que se remuneran sus servicios los funcionarios públicos de los tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial y en los tres niveles, federal, estatal y municipal. La forma descarada en que abultan los costos de las obras públicas y el derroche en general del dinero de los impuestos.

Ahora nos prepara una nueva sorpresa el Fisco; el día 10 de marzo pasado, diputados de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) turnaron una iniciativa para modificar el Artículo 107 de la Constitución, la cual fue aprobada por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados por unanimidad de votos. Motivan los ponentes de la iniciativa en la manera en que deben garantizarse los derechos del gobernado sin afectar la obligación del Estado de satisfacer oportunamente un cúmulo de necesidades colectivas.

Ante la falta de justicia tributaria en las diversas instancias que previenen las leyes, el contribuyente tiene que llegar hasta el juicio de amparo para obtener justicia y ahora se pretende modificar la Constitución para limitar ese derecho, argumentando que:

“El amparo contra leyes tributarias ha dejado de tener como objetivo fundamental la protección de derechos fundamentales y de la supremacía constitucional para convertirla en jugoso negocio de despachos de fiscalistas y que se trata de evitar que el juicio de amparo se convierta prácticamente en un instrumento de planeación financiera, tendiente a evitar el pago de contribuciones o a obtener devoluciones millonarias que ponen en riesgo la estabilidad presupuestaria”.

La reforma que se propone —argumenta el Congreso— está enfocada a corregir esta problemática erradicando por completo las distorsiones que ha causado el abuso de la institución del amparo.

Por tal razón, la intención de la reforma pretende que las resoluciones de amparo sean generales, y no beneficien únicamente al promovente, a cambio de que no tendrá efectos retroactivos, por lo que no habrá lugar a la devolución de impuestos pagados injustamente. Además, se requerirá la aprobación de cuando menos ocho votos de los 11 ministros con que cuenta el Supremo Tribunal de Justicia, y en caso de no lograrse tal votación se desestimarán los argumentos, materia del juicio, esto es, hablado en lenguaje coloquial legal, le darán palo al contribuyente, dejando pocas probabilidades de ganar amparos contra leyes injustas.

LUIS JORGE CÁRDENAS DÍAZ / Contador Público Certificado.
Correo electrónico: luisjcardenas2@hotmail.com

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