Miércoles, 10 de Diciembre 2025
México | Los límites en torno a la libertad de expresión dividieron a los consejeros

El IFE multa al PAN por propaganda denigrante

Inicialmente el IFE multó al PAN con 465 mil 800 pesos por considerar que la propaganda era denigrante

Por: EL INFORMADOR

CIUDAD DE MÉXICO.- Por unanimidad —tras un largo y ríspido debate que detonaron los partidos Revolucionario Institucional ( PRI) y Acción Nacional ( PAN) en torno a la libertad de expresión—, el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) multó al PAN con 931 mil 600 pesos por actos anticipados de campaña y propaganda denigrante.

En acatamiento a un fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), los nueve consejeros electorales determinaron que la “sopa de letras” que difundió el PAN contra el PRI, era además de propaganda prohibida por la ley, un acto anticipado de campaña.

Los límites en torno a la libertad de expresión dividieron a los consejeros y confrontó en un enérgico debate a los representantes del PRI, Sebastián Lerdo de Tejada, y del PAN, Roberto Gil, quienes se acusaron mutuamente de violar la legislación electoral con sus actividades proselitistas.

Además de la multa por casi un millón de pesos, el Consejo General del IFE ordenó a Acción Nacional no volver a contratar y difundir la propaganda similar a la “sopa de letras” en ningún medio de comunicación y tampoco en su página de internet.

Inicialmente el IFE multó al PAN con 465 mil 800 pesos por considerar que la propaganda era denigrante, sin embargo el Tribunal Electoral fijó criterios en torno a que esa propaganda también era un acto anticipado de campaña por lo que debía ser sancionado.

Lo anterior, a consecuencia de la queja presentada por el PRI en contra del PAN por dicha propaganda donde se leían entre otras las palabras “corrupción, narcotráfico, deuda, robo, impunidad”, insinuando al tricolor como responsable.

En el análisis del asunto, los consejeros Benito Nacif y Arturo Sánchez advirtieron que con la decisión del Tribunal, para sancionar con más energía la “sopa de letras” se ha sentado precedente que prácticamente cancela el derecho de los partidos a referirse a sus oponentes políticos.

En contraste, el consejero Marco Gómez indicó que la sentencia del órgano jurisdiccional representó un “parte aguas” al señalar que la libertad de expresión tiene límites y garantiza que las campañas políticas se lleven a cabo sin denostaciones, insulto e injurias.

Temas

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones