Viernes, 26 de Abril 2024
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Jalisco

Atoran 7 de cada 10 demandas laborales en Jalisco

La resolución de los casos se ubica en 30.5 por ciento, pero es menor a lo que se registró entre enero y julio del año pasado

El Informador

Entre enero y julio de este año, en la Entidad se han presentado 11 mil 050 demandas laborales ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, de las cuales siete mil 673 están pendientes de resolver: siete de cada 10.

La resolución de los casos presentados se ubica en 30.5%, pero es menor a lo registrado entre enero y julio del año pasado (38.7%), pese a que la Junta Local cerró un par de meses ante la crisis sanitaria.

Francisco Asencio, académico del ITESO, recordó que en la antepasada administración estatal operaban unas mesas de conciliación previa, pero se eliminaron. Aunque en la actual gestión se tienen mesas de primer contacto, ninguna está especializada en el tema conciliatorio para acelerar los conflictos (en 2012 se resolvió 58% de las demandas).

Lo anterior se da en medio de una transición hacia el Nuevo Sistema de Justicia Laboral, que comenzará a implementarse en mayo próximo en Jalisco.

La semana pasada, el Gobierno estatal presentó dos iniciativas para la creación del Centro de Conciliación Laboral y los Tribunales Laborales, que estarán a cargo del Poder Judicial de Jalisco, lo cual derivará en la desaparición de la Junta Local. 

El objetivo de la reforma es hacer más ágil y expedito el proceso de las diferencias entre patrones y empleados, indicó Marco Valerio, secretario del Trabajo en Jalisco. Y en eso coincidió Carlos Villaseñor, presidente de la Coparmex, quien destacó que se facilitará la inversión y la generación de empleos, donde la paz laboral y la comunicación predominen entre empleadores y colaboradores.

Asencio espera que se realice un correcto ejercicio a través del Centro de Conciliación Laboral, “para que formalmente, quienes participen, le echen ganas al tema de la conciliación. Sí estoy seguro que se dará un cambio radical al tema. Primero, porque ya no será un tema opcional, sino obligatorio”.

En julio, la secretaria del Trabajo federal, Luisa María Alcalde, subrayó que el nuevo modelo permitió que 85% de los asuntos que llegan a los Centros de Conciliación de los Estados donde se aplica la reforma se resuelvan por la vía de la conciliación y más rápido.

En los primeros siete meses del año, la mayoría de los casos se han resuelto mediante los desistimientos. EL INFORMADOR/Archivo

Resuelven por convenios sólo 2 de cada 10 conflictos laborales

De las tres mil 337 demandas laborales resueltas entre enero y julio de este año ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, sólo 780 se solucionaron a través de un convenio; es decir, dos de cada 10. 

En febrero del año pasado, Marco Valerio, secretario del Trabajo en Jalisco, declaró que la conciliación y los convenios serían una política para mejorar la justicia laboral. “Nadie está exento de que existan diferencias entre el empleador y el empleado, pero eso no quiere decir que se tenga que resolver con un  laudo… se puede resolver con una conciliación”.

Pese a esto, durante los primeros  siete meses del año, la mayoría de las demandas se han resuelto mediante desistimientos, con dos mil 150 casos. Mientras que 447 se solucionaron por la vía jurisdiccional (laudos). 

Francisco Asencio, académico del ITESO, señaló que con el actual sistema de justicia laboral no se dedica tiempo a la conciliación, lo que está ligado a la carga de trabajo de los servidores públicos. “El promedio de casos resueltos no es derivado de una conciliación que lleve la autoridad. Las partes terminan conciliando, primero, por miedo del conflicto. Segundo, por evitarse el gasto. Y  tercero, porque prefieren evitarse un largo procedimiento”. 

Puntualizó que, con el nuevo sistema, el cual comenzará a operar en mayo del próximo año en la Entidad, aumentará la conciliación de todos los procedimientos que se presenten. “Primero, porque no es opcional”.

El experto en derecho laboral acentuó que si actualmente se decide acudir a la Coordinación de Conciliadores o la Procuraduría de la Defensa del Trabajo,  la conciliación no es un procedimiento obligatorio.  “Y  los trabajadores, cuando están asesorados por abogados particulares,  la mayoría de las veces deciden  no acudir al  procedimiento administrativo opcional porque terminan, a lo mejor, conciliando cantidades inferiores a las que corresponden dentro de un juicio”. 

Esto cambiará, explicó, porque en la reforma se establece como un proceso obligatorio. “Incluso, es un requisito previo. El trabajador tiene que exhibir, junto con su demanda, un sello de que participó dentro del procedimiento ante el Centro de Conciliación. Y precisamente  en este procedimiento no puede durar más de 45 días”.

CLAVES 

La iniciativa estatal

  • En la iniciativa que presentó la semana pasada el Ejecutivo  estatal  para la creación del Organismo Público Descentralizado (OPD) denominado como  Centro de Conciliación Laboral del Estado de Jalisco, se precisa que podrá contar con delegaciones, las cuales tendrán por objeto ofrecer el servicio público de conciliación para la resolución de los conflictos entre los trabajadores y patrones en asuntos del orden local, antes de presentar  una demanda ante los Tribunales. 
  • Los expedientes que (al momento de la entrada en vigor de la ley) se encuentren en trámite ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, serán concluidos por ésta, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. El Centro de Conciliación Laboral entrará en funciones el 2 de mayo del próximo año. 
  • En la iniciativa que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de Jalisco se considera la creación de los Tribunales Laborales. Estarán a cargo de ese Poder y deberán abrir sus puertas también el  2 de mayo de 2022. 
  • En esta iniciativa de decreto se recuerda que una de las principales causas sociales que condujo a la reforma en materia laboral, fue la demora excesiva de los procedimientos. 
  • Lo anterior generó desconfianza en la administración de la justicia. “Por eso, la finalidad principal de la implementación del nuevo sistema de justicia laboral consiste en mejorar la confianza de la sociedad a través de la efectiva impartición de la justicia”.
En este año, siete de cada 10 demandas laborales que se presentaron no se han resuelto en Jalisco. EL INFORMADOR/A. Camacho

GUÍA

El nuevo sistema

La reforma laboral, publicada el 1 de mayo de 2019, establece que los conflictos laborales pasarán de las Juntas de Conciliación  y  Arbitraje a manos del Poder Judicial, el cual implementará Tribunales especializados que deberán ceñirse al sistema oral para impartir la justicia, destaca la Secretaría del Trabajo y Previsión Social Federal.

Este nuevo sistema de justicia laboral plantea que, antes de acudir ante un Tribunal Laboral, los trabajadores y patrones tendrán que acudir a un centro de conciliación, por lo que sólo en caso de no llegar a un acuerdo podrán iniciar un juicio, el cual se desahogará en dos audiencias con plazos más breves que los actuales.

De esta forma, un procedimiento ordinario comenzará con la presentación de la demanda del trabajador, en la cual deberán anexarse las pruebas y la constancia de no conciliación expedida por el Centro de Conciliación, en la que se certifique que no hubo acuerdo entre las partes.

En las 24 horas siguientes de la presentación de la demanda, se turnará al Tribunal correspondiente, el cual deberá dictar el acuerdo de admisión respectivo dentro de los tres días siguientes. Una vez admitida la demanda, el Tribunal tiene cinco días para notificar a la parte demandada, quien a su vez tiene otros 15 días para contestar y presentar las pruebas a su favor.  Hasta aquí sumarían 24 días.

Al contestar la demanda, el patrón puede aceptarla, supuesto en el cual el juez citará a la audiencia de juicio para dictar sentencia, la cual debe ser en un plazo no mayor a 10 días. Este procedimiento es de 34 días, desde que se presenta la demanda.

En caso contrario, de continuar con el juicio, se dará vista al demandante con la contestación de la demanda y las pruebas de su contraparte, para que en un plazo de ocho días objete las pruebas de la demandada, formule observaciones de la contestación de la  demanda y, en su caso, ofrezca las pruebas.

De hacerlo, con el escrito y los anexos, se entregará copia a la demandada para que en un término de cinco días objete las pruebas ofrecidas por el trabajador y realice las manifestaciones derivadas de la réplica del trabajador.

En esta parte del juicio existe la posibilidad de llamar a  algún tercero, supuesto que contará con 15 días para realizar sus manifestaciones.

Una vez concluidos los plazos referidos, se citará a una audiencia preliminar,  la cual tiene por objeto depurar el procedimiento, establecer los hechos no controvertidos y acordar sobre las pruebas, debiendo comparecer tanto del trabajador como el patrón.

En la audiencia preliminar se señalará día y hora para la audiencia del juicio, en la que se desahogarán las pruebas, se formularán los alegatos, se declarará cerrada la etapa de instrucción y se emitirá la sentencia, con lo que se pondrá fin al procedimiento.

En estos casos se estima un plazo de seis meses, según la legislación.

LA VOZ DEL EXPERTO

“Sí es más efectiva”

Francisco Asencio, académico del ITESO.

El académico Francisco Asencio apuntó que tiene contacto con otros Tribunales del país donde ya se implementa la reforma, como en Tabasco, en donde  siete de cada 10 juicios se resuelven por acuerdo entre las partes. “La conciliación sí es más efectiva”. 

Recordó que actualmente los juicios en materia laboral duran de dos a cuatro años, pero la pandemia “los entorpeció un poco más”. 

Son largos porque no se llevan a cabo las notificaciones en tiempo, “porque la autoridad alarga los procedimientos o porque no dictan sentencia”. 

El experto en derecho laboral señaló que hay casos con tres años sin resolverse, cuando los procedimientos laborales actuales no deberían durar más de seis meses.

Lo anterior obedece a la carga de trabajo que tienen los servidores públicos, pues tienen entre tres mil o cuatro mil casos.  “Es una carga  impresionante. Y esa misma persona tiene que ser experta en conciliación, en la demanda, en la contestación, en la admisión de pruebas, en la resolución de laudos, en hacer todas las resoluciones...”. 

Resaltó que, con la creación de los Centros de Conciliación, los cuales operarán a partir del próximo año en Jalisco, se creará un procedimiento abreviado y conciliatorio a través de un Organismo Público Descentralizado.

A la baja

  • De acuerdo con las Estadísticas sobre las relaciones laborales de jurisdicción local en 2020,  del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el año pasado se realizaron 361 mil 592 convenios de trabajo prejudiciales en todo el país, registrando con ello una disminución de 39.4% respecto al año previo.
  • La terminación de los contratos y el retiro voluntario se mantienen como los tipos de arreglo más frecuentes en los convenios de trabajo prejudiciales.
  • Las Entidades federativas con el mayor número de casos fueron Sonora (14.8%), Jalisco (14.2%) y Coahuila de Zaragoza (10%).
  • El año pasado se presentaron 189 mil 543 conflictos de trabajo a nivel nacional, solucionando 71 mil 962, una disminución con respecto al año previo (148 mil 699 en total). Cuatro de cada 10 se solucionaron principalmente por convenio.
  • Durante el año pasado se registraron 14 mil 561 emplazamientos a huelga. Jalisco y Estado de México se mantuvieron como las Entidades federativas con el mayor número (51.1% del total nacional).
  • Siete de cada 10 emplazamientos tuvieron como origen la demanda por la firma de contrato.
  • También estallaron 15 huelgas en 2020. Y ocho de éstas fueron en Jalisco, tres en Hidalgo y Michoacán, así como una en México.
  • El número de las huelgas estalladas disminuyó: pasó de 76 en 2019 a 15 durante el año pasado.
  • Todo se pretende mejorar con el Nuevo Sistema de Justicia Laboral.
En mayo de 2022 desaparecerá la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para dar paso al Nuevo Sistema de Justicia Laboral. EL INFORMADOR/Archivo

TELÓN DE FONDO

Recuperación, en seis años

La recuperación de los empleos perdidos en Jalisco durante la pandemia por el nuevo coronavirus podría llevar tres años. Mientras que crear lo no generado podría extenderse hasta seis años, según estimaron especialistas del Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas (CUCEA) de la Universidad de Guadalajara.

Lo anterior, durante la presentación del estudio “El impacto del empleo en Jalisco y sus proyecciones para el 2021”. 

Los expertos aclararon que la recuperación del empleo dependerá de la inmediatez de la aplicación de las vacunas contra el COVID-19. Precisaron que esta meta se podría lograr en un escenario favorable, con  crecimiento de un 4% anual de la economía.

“Cortar las cadenas de contagios es lo que nos permitirá, junto con la implementación de las vacunas,  regresar y activar la economía”, dijo Cristian Sánchez Jáuregui, encargado del Despacho del Instituto de Investigación de Políticas Públicas y Gobierno del CUCEA.

El año pasado, en Jalisco se perdieron 32 mil 332 puestos de trabajo, de acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), una cantidad mayor comparada con los 20 mil empleos que se estimaban que se perderían por la pandemia.

Empleo formal ante IMSS

  • En diciembre pasado, en Jalisco se tenían registrados un millón 780 mil 367 trabajadores asegurados. 
  • En julio pasado se reportaron un millón 826 mil 575 asegurados.
  • Aunque se muestra una mejoría,  se ubican por debajo de los empleos de marzo del año pasado, previo a que se sintieran los efectos de la pandemia.

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