Domingo, 05 de Mayo 2024
Problemas.  Ante la pandemia,  la resolución de juicios laborales en Jalisco bajó a sólo 36 por ciento. EL INFORMADOR • A. Camacho
Jalisco

Ante pandemia, cae resolución de juicios laborales en Estado

Entre enero y agosto de este año hubo 13 mil 128 juicios y solamente 36% se arregló por cualquier vía

El Informador

Javier Sánchez, Luis Durán y Fernando Lomelí forman parte de los trabajadores afectados durante la crisis sanitaria. Al primero lo despidieron, al segundo lo descansaron sin sueldo y al tercero le rebajaron el salario. Por eso pretenden interponer una demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje de Jalisco.

El problema es que, precisamente por la pandemia, empeoró la justicia laboral en el Estado.

Mientras en Nuevo León existe un 100% de resolución de los casos anuales por despidos injustificados o conflictos entre patrones y empleados, en Jalisco se solucionó apenas 46% de las 22 mil 280 demandas laborales individuales presentadas en 2019.

Sin embargo, entre enero y agosto de este año hubo 13 mil 128 juicios y solamente 36% se arregló por cualquier vía.

Lo anterior provoca un mayor rezago en las demandas acumuladas. En 2013, la pasada administración estatal indicó que se tenía un registro de 80 mil casos en Jalisco. En mayo pasado la cifra se disparó a 130 mil juicios laborales pendientes.

La pandemia empeora rezago en la justicia laboral en Jalisco

Problemas.  Ante la pandemia,  la resolución de juicios laborales en Jalisco bajó a sólo 36 por ciento. EL INFORMADOR • A. Camacho
  • Jalisco es segundo lugar en demandas laborales, sólo superado por la Ciudad de México

Hay menos juicios laborales resueltos tras la reactivación de las audiencias y los términos legales de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Jalisco. De acuerdo con datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,  el año pasado se resolvieron 46% de las 22 mil 280 demandas laborales individuales.

Sin embargo, entre enero y  marzo de 2020 se presentaron cuatro mil 799 demandas, y de junio a agosto sumaron ocho mil 322; es decir, que en total van 13 mil 121. Sin embargo, solamente 36% de los casos ha sido resuelto por cualquier vía.

En 2016, el porcentaje de  la  resolución era de 62.6%,  y eso que las demandas eran casi del doble.

También llama la atención el crecimiento de los conflictos solucionados por la vía jurisdiccional (laudos). Mientras en todo 2019 resolvieron mil 611 juicios de esa forma, en  este año ya van dos mil 272, la mayoría registrados en el mes de julio.

En julio pasado se restablecieron las audiencias y los términos legales a través de citas previas administradas por cada una de las 17 Juntas Especiales de Conciliación y Arbitraje, que integran el sistema de justicia laboral en Jalisco.

Este medio publicó en mayo pasado que hay un rezago de 130 mil juicios laborales pendientes, lo que genera una mayor carga para los trabajadores de las Juntas.

DATO

Sin respuesta

  • En dos ocasiones se buscó una entrevista con Marco Valerio,  titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, pero no dio respuesta a la petición.

PARA SABER

División 

  • Los conflictos de trabajo se dividen en individuales y colectivos. En los primeros, se afectan los intereses de los trabajadores individualmente. En los segundos, se afectan los intereses de la totalidad de los trabajadores de una empresa o un establecimiento.
  • A las Juntas de Conciliación y Arbitraje les corresponde conocer los procedimientos individuales, colectivos y registrales.

CONFLICTOS COLECTIVOS

Pendientes de revisar, la mitad de las solicitudes de huelgas

En este año se han recibido dos mil 788 demandas colectivas en Jalisco, de las cuales, mil 462 están pendientes de revisar.

En 2019 registraron siete mil 546, ocho mil 84 fueron foliadas, tres mil 049 emplazadas, mil 185 improcedentes (por contrato colectivo existente, no colectividad, negocio familiar, no radio de acción, desistimiento o patrón inexistente), y tres mil 995 quedaron pendientes de revisar (aún falta clasificar como procedentes o improcedentes).

De acuerdo con el Inegi, el año pasado Jalisco y Estado de México se mantienen a nivel nacional como las Entidades federativas con el mayor número de emplazamientos a huelga registrados, alcanzando en conjunto 46% del total nacional.

Los emplazamientos a huelga registraron un crecimiento de 6.9% con respecto a 2018,  al pasar de 25 mil 260 casos a 27 mil  008. El 78.8% de los juicios  tuvo como origen la demanda por la firma del contrato, mientras 9.6% fue por la revisión del mismo.

Mientras que los eventos solucionados registraron un incremento respecto a 2018, al pasar de 17 mil 160 a 17 mil 675 casos. De éstas, 41.5% se solucionaron por desistimiento y 20.2% porque el sindicato no acudió a la audiencia de conciliación.

En 2019 estallaron 76 huelgas en el país, 38 de éstas en Tamaulipas, 18 en Jalisco, siete en la Ciudad de México, tres en Nayarit y Sonora, dos en Baja California, Campeche y Sinaloa, así como una en Hidalgo. De éstas,  47  fueron solucionadas durante el mismo año.  La evolución de las huelgas estalladas registró un crecimiento de 11.8% en 2019 con respecto a 2013, al pasar de 68 a 76 huelgas. Aunque en 2019 se suscitó un aumento de 137.5% con respecto a 2018.

Los sindicatos de trabajadores utilizan algunos instrumentos legales con el propósito de presionar a los patrones para la rápida satisfacción de las demandas colectivas. El primer instrumento al que puede recurrir el sindicato es el emplazamiento a huelga, y si no se llega a un arreglo, se procede a utilizar el recurso legal del estallamiento.

Promueven empleo

  • La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el pasado 30 de septiembre se realizó la Primera Feria Virtual del Empleo a través de la dirección del Servicio Nacional del Empleo en Jalisco, en medio de la contingencia por el COVID-19.
  • Se invitó a los interesados a participar a través de la plataforma Zoom.
  • El secretario del Trabajo, Marco Valerio Pérez, indicó que la dinámica era reactivar la economía en el Estado. Los salarios que se ofertaron fueron de los cinco mil a los 18 mil pesos, que incluyeron las vacantes a través del programa “Abriendo espacios” para ingresar a la vida laboral a las personas de la tercera edad o con discapacidad.

Aplican Protocolos

  • En la puerta de ingreso habrá una fila especial para la atención de usuarios de las Juntas Especiales de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo, la Dirección General de Previsión Social, así como la Coordinación de Conciliadores.
  • Los presidentes especiales de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, el personal de la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo, de la Dirección de Previsión Social y de la  Coordinación de Conciliadores, están obligados a designar dos personas (mínimo) para que conduzcan y acompañen en todo momento a los usuarios para garantizar la permanencia por tiempo definido.
  • Se sugiere a los usuarios, litigantes y público en general que tengan asignada una cita previa, llegar a esta dependencia con un tiempo de por lo menos 15 minutos antes para cumplir con el procedimiento del protocolo mencionado.
  • Lanzan un exhorto a todos los asistentes para evitar ser acompañados por menores de 16 años, ya que no se les permitirá su ingreso por el protocolo sanitario.

CLAVES

Las leyes

Cambio

El Artículo 621 de la Ley Federal del Trabajo establecía, hasta antes de su reforma del 1 de mayo de 2019, que a las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje les correspondía el conocimiento y  la resolución de las desavenencias de carácter laboral que surgen entre trabajadores y patrones durante la relación laboral. Actualmente se estipula que, antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondientes.

Solución

 El Artículo 123 de la Constitución y el Artículo 604 de la Ley Federal del Trabajo estipulan que corresponde a los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las Entidades federativas, el conocimiento y la resolución de los conflictos de trabajo que se susciten entre los trabajadores y los patrones, sólo entre aquellos o sólo entre éstos,  derivado de las relaciones de trabajo o de hechos relacionados con éstas.

Competencia

En el orden local, la función conciliatoria estará a cargo de los centros de conciliación, especializados e imparciales, que se instituyan en las Entidades federativas. Hasta en tanto,  el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral no inicie sus funciones registrales, las Juntas de Conciliación y Arbitraje, al igual que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, continuarán con las funciones registrales previstas en la Ley Federal del Trabajo vigente al momento de la entrada en vigor del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la legislación.

GUÍA

La solución de los conflictos 

  • En 2019,  se presentaron a nivel nacional 596 mil 576 convenios de trabajo fuera de juicio, así como 238 mil 532 conflictos de trabajo (237 mil 067 individuales y mil 465 colectivos).
  • Las Entidades federativas con el mayor número de conflictos individuales fueron la Ciudad de México (14.1% de los casos), Jalisco (9.4%), Nuevo León (8.4%), Guanajuato (7.5%), México (6.4%), Chihuahua (4.9%).
  • Mientras que los principales conflictos colectivos están en Ciudad de México (26.9%), Querétaro (26.3%),  México (14.3%), Coahuila (8.1%) y Durango (6.7%), de acuerdo con las Estadísticas sobre las relaciones laborales de jurisdicción local, que acaba de presentar el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
  • Sin embargo, en la solución de los conflictos, Jalisco está por debajo del promedio nacional, con tres trabajadores que dirimieron juicios de trabajo por cada mil personas ocupadas de la población de 15 años y más.
  • A nivel nacional, el promedio fue de seis trabajadores. Por Entidad federativa sobresale Querétaro, con 164 empleados; Colima, con 11; Nuevo León, con nueve; Coahuila de Zaragoza, con siete,  y Chihuahua, Ciudad de México y Guanajuato, con seis cada una.
  • De forma general, los conflictos de trabajo solucionados presentan un aumento de 3.6% con respecto al  2018, al pasar de 143 mil  507 a 148 mil 699. El 50.3% de los conflictos de trabajo se solucionó por convenio, porcentaje igual al registrado en 2018.
  • Ocho de cada 10 conflictos individuales   tuvieron como origen la demanda por despido injustificado, porcentaje que también se presentó en 2018.

Telón de fondo

Indicadores, a la baja

De acuerdo con datos del Inegi,  en 2016,  Jalisco era segundo lugar nacional en  conflictos laborales individuales con 23 mil 555 casos, sólo superado por la Ciudad de México, con 31 mil 373 juicios registrados.

En ese entonces, en Jalisco se resolvieron 14 mil 767 demandas (62.6%). En Nuevo León, por ejemplo, se documentaron 15 mil 582 y se resolvieron 16 mil 181 (103.8%).

El año pasado, el porcentaje fue de 46% en Jalisco, todavía más bajo, y eso que recibieron menos juicios.

En 2020, el porcentaje va en 36%, casi la mitad de lo registrado en 2016.

Este medio publicó que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje dejará de recibir las demandas en 2022. Esto no quiere decir que se concluyan los procesos, ya que tendrá que desahogar los miles de expedientes que están pendientes.

“La ley establece procedimientos para que puedan, en su caso, caducarse o prescribir, según la institución que corresponda… y como consecuencia para reducirlas”, dijo en febrero pasado el secretario del Trabajo de Jalisco, Marco Valerio Pérez.

También informó que la conciliación y los convenios serían una política para mejorar la justicia laboral. Al respecto, adelantó que pretenden una mejor organización mediante tribunales específicos, la desaparición paulatina de las Juntas, la creación del tema de la conciliación para evitar que todo se judicialice y que la justicia pueda darse en la primera instancia en Jalisco. “Nadie está exento de que existan diferencias entre empleador y empleado, pero eso no quiere decir que se tenga que resolver con un laudo...  se puede resolver con una conciliación, puede haber una incorrecta apreciación o interpretación, que al momento en que la autoridad forme parte de esta dinámica de conciliación, se evite”.

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Justicia laboral 

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JL