Jueves, 28 de Marzo 2024
México | Aclaró que el juicio de amparo no es la vía idónea para analizar políticas públicas

Juez desecha amparos contra gasolinazo

Aclaró que el juicio de amparo no es la vía idónea para analizar políticas públicas de los poderes de la unión

Por: SUN

Indican que las políticas de Estado sólo pueden ser instrumentadas por una autoridad de poder público y legitimidad gubernamental. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Indican que las políticas de Estado sólo pueden ser instrumentadas por una autoridad de poder público y legitimidad gubernamental. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (27/ENE/2017).- El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa desechó 50 demandas de amparo en contra del nuevo esquema de precios de gasolinas, que permite costos distintos entre las regiones, informó en un comunicado el Consejo de la Judicatura Federal.

Además, el impartidor de justicia aclaró que el juicio de amparo no es la vía idónea para analizar políticas públicas de los poderes de la unión.

El juez federal, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, argumentó que las demandas de amparo son notoriamente improcedentes.

“La sentencia precisa que las políticas de Estado sólo pueden ser instrumentadas por una autoridad investida de poder público y de legitimidad gubernamental; y que ello constituye un obstáculo jurídico que impide instruir a los órganos de Estado, señalados como autoridades responsables, para adoptar ciertas políticas públicas o medidas de carácter económico, pues sería tanto como sustituirse en la competencia de los Poderes Ejecutivo y Legislativo”, se dio a conocer en el comunicado.

La juzgadora, con residencia en la Ciudad de México, sustentó su fallo en jurisprudencia del Alto Tribunal, de rubros:

"Rectoría económica del estado en el desarrollo nacional. El artículo 25 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, no otorga a los gobernados garantía individual alguna para exigir, a través del juicio de amparo, que las autoridades adopten ciertas medidas, a fin de cumplir con los principios relativos a aquélla".

"Rectoría económica del estado en el desarrollo nacional. Los artículos 25 y 28 constitucionales que establecen los principios relativos, no otorgan derechos a los gobernados, tutelables a través del juicio de amparo, para obligar a las autoridades a adoptar determinadas medidas”.

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