México

Lo que debes saber sobre los amparos a la Modalidad 40 del IMSS

Jorge Antonio Loyo Pérez, académico de la Universidad Iberoamericana, advierte sobre una regresión en las expectativas jubilatorias de la generación de transición e insta a recurrir a los tribunales federales

Los trabajadores afectados por las nuevas restricciones a la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pueden recurrir al amparo indirecto para impugnar las medidas y solicitar a un juez federal que les permita continuar cotizando bajo las condiciones anteriores, señaló Jorge Antonio Loyo Pérez, académico del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana (Ibero).

El especialista advirtió que los trabajadores deben prestar atención a los plazos legales para presentar la demanda, pues podrían contar con 30 días hábiles a partir de la entrada en vigor del acuerdo, publicado el 21 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), o con 15 días hábiles después de que el IMSS aplique las nuevas restricciones en un caso concreto.

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Loyo Pérez calificó la medida aprobada por el Consejo Técnico del IMSS como "una regresión sin precedentes contra las expectativas jubilatorias de la generación de transición", integrada por trabajadores que comenzaron a cotizar antes de julio de 1997 y pueden pensionarse conforme a la Ley del Seguro Social de 1973.

El amparo indirecto y la suspensión del acto reclamado

El académico explicó que el amparo indirecto permite solicitar la protección de la justicia federal frente a disposiciones o actos de autoridad considerados contrarios a la Constitución. Una de las herramientas fundamentales consiste en pedir la suspensión del acto reclamado para intentar conservar provisionalmente la posibilidad de cotizar con un salario superior al último registrado ante el IMSS, hasta el límite legal de 25 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

No obstante, la suspensión no se concede automáticamente, ya que un juez debe determinar si se cumplen los requisitos legales mientras se resuelve la demanda. El especialista recomendó acudirá a juzgados federales en materia administrativa, pues consideró que la controversia se refiere a las condiciones impuestas por el IMSS para realizar las aportaciones y no directamente al pago de la pensión.

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Sostuvo además que el Consejo Técnico del IMSS excedió sus facultades, pues la Ley del Seguro Social permite a los asegurados continuar cotizando con su último salario registrado o uno superior, sujeto al límite legal. A su juicio, un órgano administrativo no puede modificar esa disposición sin una reforma del Congreso de la Unión. También cuestionó la eliminación de las inscripciones retroactivas y advirtió que aplicar las nuevas condiciones a dados de baja antes del 22 de octubre podría vulnerar la prohibición constitucional de retroactividad.

"El impacto práctico es devastador": sectores más afectados

El especialista señaló que las limitaciones afectan en particular a quienes planeaban elevar el promedio salarial de sus últimas 250 semanas cotizadas para el cálculo de su jubilación. Como ejemplo, mencionó el caso de una persona cuyo último sueldo era de 10 mil pesos mensuales y pretendía cotizar sobre un ingreso cercano a 80 mil pesos; con las nuevas reglas, únicamente podría inscribirse con su último salario registrado más un máximo de una UMA.

"El impacto práctico es devastador", afirmó Loyo Pérez.

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El académico rechazó que la detección de presuntas simulaciones justifique imponer restricciones generales a todos los asegurados, recordando que el IMSS tiene facultades para investigar de manera individual. Cuestionó también que las reglas se fijaran antes de concluir el estudio financiero previsto en el propio acuerdo, fijado a un plazo de seis meses.

"La defensa férrea de los derechos adquiridos en los tribunales federales es la única respuesta jurídica proporcional frente a la arbitrariedad administrativa", concluyó el especialista.

Con información de SUN

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