Domingo de Pascua: ¿hay pago DOBLE para quienes trabajan hoy, domingo 5 de abril?
De acuerdo con el calendario oficial, la Semana Santa comenzó el 29 de marzo y finalizará el domingo 5 de abril de 2026
Con el inicio de la Semana Santa 2026 en México, muchas personas aprovecharán estos días para descansar y salir de vacaciones. No obstante, hay quienes deberán continuar con sus labores, lo que genera dudas sobre la forma en que se paga trabajar durante Jueves y Viernes Santo.
Ante esta situación, en N+ se detalla cuánto corresponde recibir los días 2 y 3 de abril, además de lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) respecto a pagos adicionales, como el doble o triple, durante este periodo.
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De acuerdo con el calendario oficial, la Semana Santa comenzó el 29 de marzo y finalizará el domingo 5 de abril de 2026. Durante estos días se llevan a cabo diversas actividades religiosas que conmemoran la pasión, muerte y resurrección de Jesucristo.
Cada fecha tiene un significado particular:
El 29 de marzo, Domingo de Ramos, se recuerda la entrada de Jesús a Jerusalén, donde fue recibido con entusiasmo por la multitud. El Lunes Santo, 30 de marzo, se rememora la unción en la casa de Lázaro. El Martes Santo, 31 de marzo, está relacionado con el anuncio de la traición de Judas. El 1 de abril, Miércoles Santo, marca el cierre de la Cuaresma y el inicio de la preparación hacia la Pascua.
Posteriormente, el Jueves Santo, 2 de abril, se conmemora la Última Cena y el lavatorio de pies. El Viernes Santo, 3 de abril, se recuerda la Pasión, crucifixión y muerte de Jesús. El Sábado Santo, 4 de abril, se dedica a la espera en su sepultura, mientras que el Domingo de Resurrección, 5 de abril, celebra el momento en que vence a la muerte.
Recibiré un pago extra por trabajar en Domingo de Pascua
Aunque estas fechas tienen un gran valor para la comunidad católica en México, la LFT no las reconoce como días de descanso obligatorio. Esto significa que no son considerados días festivos oficiales para efectos laborales.
Por lo tanto, quienes trabajen entre el 29 de marzo y el 5 de abril de 2026 recibirán su salario normal, sin pago adicional por tratarse de estas celebraciones. La única excepción aplica para los domingos 29 de marzo y 5 de abril, cuando corresponde la prima dominical.
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En cuanto al Jueves y Viernes Santo, aunque algunas empresas otorgan estos días como descanso, esto no es obligatorio. En caso de que el trabajador deba presentarse, no existe disposición legal que obligue a un pago extra.
Así, corresponde a cada empleador decidir si se trabaja el 2 y 3 de abril de 2026. Si se requiere laborar, el trabajador deberá cumplir con su jornada y recibirá únicamente su salario diario habitual.
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