LFT: ¿Me toca pago doble si trabajo el 5 de mayo?
Hoy, lunes 5 de mayo, se se conmemora la Batalla de Puebla, ante esta fecha significativa muchas y muchos se preguntan si por laborar en este día habrá pago doble
Hoy, lunes 5 de mayo se conmemora la Batalla de Puebla de 1862, ante esta fecha conmemorativas, muchas y muchos se preguntan si este día es feriado y si corresponde a un descanso obligatorio.
¿El 5 de mayo es descanso obligatorio?
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 5 de mayo no se considera como día de descanso obligatorio ante la ley.
¿Me pagan doble si trabajo el 5 de mayo?
Según el artículo 74 de la LFT, los días de descanso obligatorio en México son:
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- 1 de enero
- Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
En este contexto, el 5 de mayo no forma parte de esta lista y no se considera un día de descanso obligatorio, así que los trabajadores que laboren este día recibirán su salario habitual sin compensación adicional.
¿Quiénes descansan el 5 de mayo?
A pesar de que el 5 de mayo no es descanso obligatorio, hay ciertas instituciones educativas, tales como las escuelas incorporadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP), que suspenden actividades en esta fecha.
En este sentido, las y los estudiantes de nivel preescolar, primaria y secundaria no tienen clases este 5 de mayo.
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