Congreso de Jalisco aprueba sanciones por intimidación vial
La nueva ley plantea sancionar con hasta 36 horas de arresto administrativo a conductores que desde vehículos motorizados agredan a ciclistas o peatones
El Congreso de Jalisco aprobó una reforma a la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado para sancionar la llamada intimidación vial.
La nueva ley plantea sancionar con hasta 36 horas de arresto administrativo a conductores que desde vehículos motorizados agredan a ciclistas, peatones o a quienes utilicen otro tipo de transporte.
¿Qué es la intimidación vial según la ley en Jalisco?
La intimidación vial, de acuerdo con las reformas hechas a la Ley estatal, se define como "el uso de un vehículo motorizado, sea de servicio público o particular, de manera negligente o deliberada o agresiva, con una intención coercitiva o de reclamo, mediante conductas que busquen generar miedo, presión o sometimiento en personas usuarias de la vía con derecho preferente, sin que sea necesario que se produzca un daño físico directo", se lee en el dictamen aprobado.
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"Desde ahora, quien utilice sus vehículos para intimidar, agredir o poner deliberadamente en riesgo a una persona ciclista o peatona, podrá ser sancionado", dijo Mariana Casillas, diputada local quien promovió la reforma.
Además, para aquellas personas que dirijan o aproximen su vehículo de manera abrupta, sigan o persigan de manera persistente o embistan a peatones o a usuarios de otros medios de transporte no motorizado, la sanción es el arresto administrativo que irá desde las 24 hasta las 36 horas.
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La iniciativa aprobada contempla también penalizaciones por conductas intimidatorias cometidas por razón de género, por lo que, en este sentido, la sanción a la persona infractora será la asistencia obligatoria a cursos de sensibilización que ofrece la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres.
Parte de los cambios incluyen que las personas conductoras de vehículos motorizados o automotor o motocicleta, público o particular, deberán rebasar a la persona ciclista por el carril de la izquierda guardando al menos metro y medio de distancia, conservará una distancia de varios metros cuando la persona ciclista esté en movimiento y al menos cinco metros cuando se encuentre detenido en espera de su derecho de paso.
JM