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¿Cárcel al juez y magistrados?

Además de que el juez Cuarto de lo Civil, Manuel Edgardo Servín Orozco, y los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco, Luis Enrique Villanueva, José de Jesús Covarrubias y Héctor Delfino León, quedaron exhibidos como cuatro juristas que atentaron contra la Libertad de Prensa, la Libertad de Expresión y el Derecho a la Información de las y los ciudadanos al fallar a favor del ex diputado Enrique Aubry en la denuncia que hizo por presunto daño moral en contra del periodista Pedro Mellado Rodríguez, hasta que la injusticia fue corregida por los magistrados federales del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, sus conductas profesionales deben ser revisadas no sólo al interior del Poder Judicial, sino incluso por el Sistema Estatal Anticorrupción.

Y es que si partimos del antecedente de que se atrevieron a actuar bajo claras consignas en contra de un periodista de la talla, la trayectoria y el prestigio de Mellado, qué no se atreverán a hacer en otros casos de impartición de justicia para ciudadanos comunes y corrientes.

Por eso lo menos que se espera es que en el Poder Judicial que encabeza Ricardo Suro Esteves es que este caso no quedé simplemente en el palo que les dio la justicia federal, sino que en el Consejo de la Judicatura les abran un procedimiento para investigar los criterios aplicados para fallar en contra del trabajo periodístico de Mellado en la primera y segunda instancia, y si violaron o no con su actuar preceptos del propio Código Penal de Jalisco.

Habría que explorar si aplica lo estipulado en el Capítulo X de este Código, sobre los Delitos cometidos en la Administración de Justicia y en otros Ramos del Poder Público, que se plantean en el Artículo 154 que establece que se impondrá de uno a cuatro años de prisión y multa de treinta a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a los servidores públicos que incurran, por ejemplo, en lo que dicta la Fracción XI de “dictar u omitir una resolución de trámite o de fondo o una sentencia definitiva, con violación de algún precepto terminante de la ley o manifiestamente contraria a las constancias de autos, cuando se obre por motivos injustificados y no por simple error de opinión”.

Este procedimiento bien podría ser exigido por el Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción, en el que tiene un asiento por cierto el presidente del Supremo Tribunal de Jalisco, quien debería ser el principal interesado en que este caso sirva para dar un prueba contundente de que algo se quiere hacer para desterrar los múltiples vicios que tienen al Poder Judicial de Jalisco entre los más corruptos e ineficientes del país con una efectividad procesal de apenas 0.67 según el ranking nacional de México Evalúa.

Como lo he señalado aquí, eso es fruto del poco seguimiento y casi nulo escrutinio público que se hace del Poder Judicial por los altos niveles de opacidad con los que opera. Hoy tenemos, con este caso, una inmejorable oportunidad de parar esa inercia de impunidad.

jbarrera4r@gmail.com 

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