SAT: ¿Quiénes no recibirán la sanción por el Buzón Tributario?
No tienes habilitado el Buzón Tributario? Conoce quiénes están exentos de la multa del SAT, cuáles son las excepciones y cuándo comenzará a aplicarse la sanción
El Buzón Tributario se ha convertido en una herramienta clave para la comunicación entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los contribuyentes. Sin embargo, no todas las personas están obligadas a tenerlo habilitado y, por lo tanto, existen casos en los que no se aplicará la sanción por incumplir con esta disposición.
De acuerdo con el SAT, la multa por no habilitar el Buzón Tributario, así como por no registrar o actualizar los medios de contacto, va de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos. No obstante, para 2026 existe una prórroga y la aplicación de esta sanción comenzará el 1 de enero de 2027.
¿Quiénes no están obligados a habilitar el Buzón Tributario?
El SAT establece algunas excepciones para determinados contribuyentes. Entre ellas se encuentran las personas físicas que aparecen en el RFC sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con sus actividades suspendidas. Para estos casos, habilitar el Buzón Tributario es opcional.
También tienen esta facilidad las personas morales que se encuentran con suspensión de actividades ante el RFC. Es decir, mientras mantengan esa situación fiscal, pueden decidir si habilitan o no este mecanismo.
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Otro caso corresponde a las personas físicas que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios o asimilados a salarios inferiores a 400 mil pesos durante el ejercicio fiscal anterior, quienes pueden optar por no habilitarlo, siempre que no se encuentren en alguno de los supuestos que hacen obligatorio su uso.
Además, las personas físicas y morales cuya situación fiscal ante el RFC sea “cancelado” están relevadas de habilitar el Buzón Tributario.
Ojo con estas excepciones
El hecho de pertenecer a alguno de estos grupos no siempre significa que puedas olvidarte del Buzón Tributario. El SAT señala que las facilidades no aplican cuando se realiza un trámite o procedimiento que expresamente requiere contar con este servicio.
También hay que prestar atención a la actividad reciente. Las excepciones pueden dejar de aplicar cuando el contribuyente emitió un CFDI de ingresos o recibió un CFDI de nómina durante los últimos 12 meses.
Por ello, antes de asumir que no habrá una sanción, es recomendable revisar la situación fiscal registrada ante el SAT y verificar si existe alguna obligación específica relacionada con el Buzón Tributario.
En caso de estar obligado, habilitarlo y mantener actualizados el correo electrónico y el número celular es una forma sencilla de evitar problemas futuros. El SAT recuerda que este sistema también sirve para recibir notificaciones y comunicados importantes de la autoridad fiscal.
Esta nota fue redactada con ayuda de inteligencia artificial y revisada por un editor.
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AO