Estas son las personas que sí y las que no recibirán aguinaldo en 2026
Conoce a detalle qué trabajadores y pensionados tienen derecho a esta prestación de fin de año y quiénes quedan excluidos según la legislación vigente para este ciclo.
El aguinaldo de 2026 se enfila nuevamente como uno de los temas de mayor interés en la recta final del año, al representar un alivio económico fundamental para millones de hogares en México. No obstante, es importante entender que no toda la población tiene acceso a este beneficio, ya que su entrega está estrictamente condicionada al tipo de empleo, la formalidad del mismo o el régimen de pensión al que se esté afiliado.
¿Quiénes tienen derecho a recibir aguinaldo entre los trabajadores?
De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable que debe efectuarse a más tardar el 20 de diciembre de cada año. La legislación marca que el monto mínimo a depositar equivale a 15 días de salario, siendo una obligación ineludible para los empleadores que mantienen una relación laboral formal, abarcando a trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, eventuales o contratados por obra determinada.
Para este 2026, la dispersión de este recurso beneficiará a diversos sectores de la población mexicana que cuentan con sus derechos laborales plenamente reconocidos. El primer gran grupo lo conforman los trabajadores del sector privado formal; es decir, aquellos que operan bajo un contrato regulado por la LFT, quienes tienen garantizado su pago de al menos 15 días de salario antes de la fecha límite de diciembre.
Por su parte, los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE) gozan de condiciones distintas y más favorables en cuanto a esta prestación. Para ellos, la ley establece un aguinaldo equivalente a un mínimo de 40 días de salario, un beneficio sustancial al que tienen derecho siempre y cuando hayan laborado un año completo al servicio de las instituciones gubernamentales.
¿Qué pasa con el aguinaldo entre los pensionados?
En el ámbito de los pensionados, el panorama de 2026 mantiene las diferencias según la institución y el régimen. Los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que pertenecen a la Ley de 1973 tienen asegurado un aguinaldo correspondiente a una mensualidad de su pensión. En contraste, los pensionados del ISSSTE reciben 40 días, monto que tradicionalmente se divide en dos exhibiciones: la primera durante el mes de noviembre de 2026 y la segunda en enero de 2027.
Un sector que también se ve beneficiado es el de las personas adultas mayores integradas al programa de Vinculación Productiva del Inapam. Si gracias a este esquema logran insertarse en el mercado laboral formal con alguna empresa, adquieren automáticamente el derecho al aguinaldo y al resto de las prestaciones de ley, dado que su actividad pasa a regirse por la normativa laboral vigente.
Cabe destacar que la ley protege a quienes no completaron los doce meses de trabajo continuo durante 2026. Estas personas tienen derecho a recibir un aguinaldo proporcional al tiempo laborado; incluso si la relación laboral terminó antes de la temporada decembrina, el extrabajador puede exigir a la empresa el pago de la parte proporcional que le corresponde, un derecho respaldado totalmente por la LFT.
Sin embargo, el 2026 también confirma que amplios sectores de la población quedarán excluidos de este pago, principalmente por la naturaleza de sus ingresos o su esquema de retiro. El grupo más grande es el de los trabajadores informales, quienes al carecer de un contrato y no estar sujetos a la Ley Federal del Trabajo, no generan antigüedad ni derechos a prestaciones como el aguinaldo, vacaciones o seguridad social.
Dentro del universo de pensionados, aquellos que se jubilaron bajo el régimen de la Ley de 1997 del IMSS tampoco recibirán este dinero extra a fin de año. Las reglas de este sistema, basado en cuentas individuales, no contemplan el pago de aguinaldo, marcando una diferencia drástica con las generaciones anteriores.
El caso de los programas sociales
Asimismo, es vital aclarar que los programas sociales no incluyen esta prestación. Los beneficiarios de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores continuarán recibiendo únicamente sus depósitos bimestrales habituales en 2026, ya que al ser un apoyo gubernamental y no una pensión derivada de una relación laboral, no contempla pagos adicionales en diciembre.
Una situación idéntica aplica para los portadores de la tarjeta del Inapam, la cual ofrece múltiples descuentos en bienes y servicios, pero no otorga aguinaldos de manera directa. Como se mencionó anteriormente, la única excepción para este grupo demográfico es que se encuentren activos en un empleo formal mediante los programas de vinculación.
Ante este escenario, resulta indispensable que cada ciudadano identifique claramente su situación laboral o de retiro en este 2026. Conocer las normativas de su régimen específico permitirá a las familias mexicanas evitar falsas expectativas, disipar confusiones y realizar una planeación financiera mucho más certera para afrontar los gastos de fin de año.
Además lee: Pensión IMSS e ISSSTE: quiénes reciben primero el aguinaldo en 2026
-Esta nota fue redactada con ayuda de inteligencia artificial y revisada por un editor-
*Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp
OF