Economía

¡Toma nota! SAT lanza advertencia por transmisión indebida de estímulos fiscales

Este es un tema relevante tanto para los contribuyentes como para los asesores fiscales, quienes deben actuar con responsabilidad y dentro del marco de la ley

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha lanzado una advertencia clara sobre una práctica que se ha detectado con mayor frecuencia: la transmisión indebida de estímulos fiscales entre contribuyentes. Esta acción, además de estar fuera del marco legal, puede constituir un delito equiparable a la defraudación fiscal, según lo establecido en la legislación mexicana.

¿Qué son los estímulos fiscales?

Los estímulos fiscales son beneficios que otorga el Gobierno Federal para fomentar ciertas actividades económicas o apoyar a sectores específicos. Su aplicación está sujeta a requisitos establecidos por ley, y solo pueden ser utilizados por los contribuyentes que cumplen con los criterios correspondientes. Estos estímulos, que pueden incluir reducciones o exenciones en el pago de impuestos, están diseñados para apoyar directamente a quienes participan en actividades productivas determinadas o se encuentran en situaciones fiscales especiales, como en regiones fronterizas.

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¿Qué está ocurriendo?

De acuerdo con información oficial del SAT, se ha identificado que algunos contribuyentes están utilizando mecanismos legales (como la asunción de responsabilidad solidaria o ciertos actos jurídicos) para permitir que personas distintas al beneficiario original apliquen los estímulos fiscales. Esta acción representa una forma de transmisión no autorizada del beneficio fiscal y constituye una práctica indebida.

En términos simples, se trata de casos en los que una persona con derecho legítimo a un estímulo permite que un tercero lo use, ya sea mediante acuerdos formales o estructuras simuladas. El resultado es que alguien que no cumple con los requisitos legales termina beneficiándose indebidamente.

Esta práctica ha sido específicamente identificada en el criterio 4/CFF/NV del Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, el cual establece que la transmisión de estímulos fiscales a un tercero (mediante cualquier forma jurídica que lo permita aparentar legalidad) se considera un delito de defraudación fiscal, conforme al artículo 109, fracción III del Código Fiscal de la Federación (CFF).

La autoridad fiscal también ha señalado que estos esquemas pueden involucrar a asesores o prestadores de servicios que ayudan a los contribuyentes a instrumentar estas maniobras. Por lo tanto, tanto quien aplica indebidamente el estímulo como quien colabora en el proceso puede ser sancionado.

Las consecuencias pueden incluir sanciones administrativas, requerimientos de pago, auditorías fiscales y, en los casos más graves, la presentación de denuncias ante la Fiscalía General de la República por delitos fiscales.

¿Por qué el SAT pone atención en esto?

El SAT ha intensificado su vigilancia en materia de cumplimiento fiscal como parte de una estrategia más amplia de combate a la evasión y la elusión fiscal. De acuerdo con cifras oficiales, entre enero de 2020 y marzo de 2025 se han presentado miles de denuncias por prácticas fiscales irregulares, incluyendo el uso indebido de estímulos.

La autoridad ha destacado que proteger estos beneficios es fundamental para garantizar su correcto uso y para evitar que se distorsione su propósito original, que es incentivar actividades económicas específicas, no beneficiar a terceros no autorizados.

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Recomendaciones del SAT

Ante este contexto, el SAT ha emitido recomendaciones claras:

  • No ceder ni permitir el uso de estímulos fiscales por parte de terceros.
  • Verificar que el estímulo sea aplicado solo por el contribuyente que cumple los requisitos.
  • Evitar esquemas que simulen operaciones o responsabilidades fiscales.

Con información del SAT y Polos de Desarrollo para el Bienestar

BB

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