México

Suspenden la ley de víctimas

La SCJN concede al Ejecutivo federal para no promulgar ni publicar el decreto

CIUDAD DE MÉXICO (20/SEP/2012).- La Corte respalda al Ejecutivo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó ayer el acuerdo por el que se concedió al Ejecutivo federal la suspensión para no promulgar ni publicar el decreto por el cual el Congreso de la Unión expidió la Ley General de Víctimas.

La suspensión se mantendrá vigente hasta en tanto el máximo tribunal resuelva la controversia 68/2012 para determinar si el Ejecutivo ejerció su facultad de veto respecto de la referida ley de manera oportuna, determinó la Primera Sala de la Corte.

Al resolver el recurso de reclamación 36/2012-CA, que interpuso el Senado de la República para impugnar la suspensión, la sala precisó que actualmente se está integrando el expediente de la controversia constitucional, y será hasta la celebración de la audiencia cuando esté listo para presentar el proyecto de resolución.

La Corte debe resolver si, efectivamente, las observaciones que formuló el Ejecutivo al decreto se presentaron dentro del término de 30 días que fija el Artículo 72 de la Constitución.

De ser así, el Congreso estaría obligado a procesar el veto, esto es, a aceptar las modificaciones que sugirió el Presidente Felipe Calderón, o bien, a superarlas mediante votación calificada de las dos Cámaras.

El Poder Legislativo sostiene que las observaciones no se presentaron en tiempo y, por tanto, la ley debe tenerse por promulgada, en lo que sería el primer caso de aplicación de la reforma de agosto de 2011 al Artículo 72 constitucional para eliminar el “veto de bolsillo” que el Ejecutivo federal podía ejercer retrasando la publicación de normas.

La suspensión, que ordenó al Ejecutivo federal abstenerse de publicar por tiempo indefinido, la Ley General de Víctimas, fue concedida por los ministros Sergio Valls y Fernando Franco el pasado mes de julio, integrantes entonces de la Comisión de Receso de la Corte.

Dicha comisión admitió la controversia constitucional promovida por el Ejecutivo para impugnar la orden de publicación de la ley que le giró el presidente del Senado de la República. De no haberse concedido la suspensión, la ley tendría que haberse publicado, dejando sin materia la demanda.

El ministro José Ramón Cossío Díaz dijo que la determinación que se tomó sobre la Ley General de Víctimas, en el sentido de que se confirma un auto de suspensión, no es sobre el fondo del asunto.

PARA SABER
Controversia

La suspensión estará vigente mientras se resuelve la controversia constitucional, en la que se analizará si el Ejecutivo ejerció de forma oportuna su facultad para el veto dentro del proceso legislativo de expedición de la ley.

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