México
Sólo el IFE puede contratar spots, confirma la Corte
El pleno alto del tribunal desestima el amparo presentado por escritores y académicos en contra de las reformas electorales de 2007
-Beltrones, por una reforma política contra la ''spotización''
CIUDAD DE MÉXICO (29/MAR/2011).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó el amparo que promovieron escritores y académicos contra las reformas electorales de 2007, que prohíben la contratación de propaganda electoral a particulares, por lo que sólo el Instituto Federal Electoral (IFE) está autorizado para contratar spots.
Por siete votos contra cuatro, el pleno del alto tribunal determinó sobreseer el recurso que presentó un grupo conocido como “los intelectuales”, que consideraron que el procedimiento para la reforma constitucional publicada el 13 de noviembre de 2007 fue irregular.
El proceso confirmó lo que había resuelto una jueza de distrito en materia de amparo, que señaló que el juicio de garantía no procede contra cambios a la Carta Magna.
Los promotores pretendían que la Corte calificara de inválido el procedimiento que llevó a la modificación del Artículo 41 de la Constitución, además de otros preceptos contenidos en el numeral.
Dicha enmienda deja al IFE el monopolio de la contratación de espacios de propaganda electoral en los medios de comunicación electrónicos, lo que a juicio de los intelectuales y académicos vulnera la libertad de expresión.
Entre los promoventes se encuentran Héctor Aguilar Camín, Jorge Castañeda, Jesús Silva Herzog, Leo Zuckerman, Miguel Limón Rojas, Federico Reyes Heroles, Ángeles Mastreta, José Roldán, Jaime Sánchez Susarrey, Sergio Sarmiento y Teodoro González
La Suprema Corte de Justicia de la Nación deja en claro que el IFE es el único autorizado en contratar spots. EL UNIVERSAL
CIUDAD DE MÉXICO (29/MAR/2011).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó el amparo que promovieron escritores y académicos contra las reformas electorales de 2007, que prohíben la contratación de propaganda electoral a particulares, por lo que sólo el Instituto Federal Electoral (IFE) está autorizado para contratar spots.
Por siete votos contra cuatro, el pleno del alto tribunal determinó sobreseer el recurso que presentó un grupo conocido como “los intelectuales”, que consideraron que el procedimiento para la reforma constitucional publicada el 13 de noviembre de 2007 fue irregular.
El proceso confirmó lo que había resuelto una jueza de distrito en materia de amparo, que señaló que el juicio de garantía no procede contra cambios a la Carta Magna.
Los promotores pretendían que la Corte calificara de inválido el procedimiento que llevó a la modificación del Artículo 41 de la Constitución, además de otros preceptos contenidos en el numeral.
Dicha enmienda deja al IFE el monopolio de la contratación de espacios de propaganda electoral en los medios de comunicación electrónicos, lo que a juicio de los intelectuales y académicos vulnera la libertad de expresión.
Entre los promoventes se encuentran Héctor Aguilar Camín, Jorge Castañeda, Jesús Silva Herzog, Leo Zuckerman, Miguel Limón Rojas, Federico Reyes Heroles, Ángeles Mastreta, José Roldán, Jaime Sánchez Susarrey, Sergio Sarmiento y Teodoro González
La Suprema Corte de Justicia de la Nación deja en claro que el IFE es el único autorizado en contratar spots. EL UNIVERSAL