México
La iniciativa contra la trata de personas ya está en la Cámara alta
Los legisladores plantean prisión de hasta por 40 años
CIUDAD DE MÉXICO (29/MAR/2012).- Aunque no muy extenso, la ley contra la trata de personas dio un nuevo paso.
Las comisiones de Justicia y de Estudio Legislativos atrajeron el proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
El ordenamiento prevé penalizar la explotación de personas con prisión de cinco a 40 años.
También establece mecanismos para el resarcimiento y reparación del daño, un programa para la protección de víctimas y testigos, así como un fondo federal para su atención.
Además, faculta al Ministerio Público y a los policías a que inicien de oficio la indagatoria por los delitos tipificados como trata de personas.
Entre otras sanciones, se aplicará —de ser aprobado por el Senado— una pena de 20 a 40 años de cárcel y de dos mil a 30 mil días de multa, al que realice explotación sexual aprovechándose de la relación matrimonial o concubinato y en todos los casos en que se acredite esta conducta se declarará nulo el matrimonio.
Las comisiones de Justicia y de Estudio Legislativos atrajeron el proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
El ordenamiento prevé penalizar la explotación de personas con prisión de cinco a 40 años.
También establece mecanismos para el resarcimiento y reparación del daño, un programa para la protección de víctimas y testigos, así como un fondo federal para su atención.
Además, faculta al Ministerio Público y a los policías a que inicien de oficio la indagatoria por los delitos tipificados como trata de personas.
Entre otras sanciones, se aplicará —de ser aprobado por el Senado— una pena de 20 a 40 años de cárcel y de dos mil a 30 mil días de multa, al que realice explotación sexual aprovechándose de la relación matrimonial o concubinato y en todos los casos en que se acredite esta conducta se declarará nulo el matrimonio.