México

IFE multa al PT con más de un millón de pesos

Consideran que no es permisible atribuir conductas delictivas ni criminalizar a los adversarios políticos, sin que ello esté jurídicamente probado

CIUDAD DE MÉXICO (22/OCT/2010).-  Aunque el ex candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador logró evitar que lo multaran por spots en radio y televisión en los que se refiere a una "mafia del poder", el Partido del Trabajo (PT) sí será sancionado con un millón 10 mil 834 pesos.

En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) resolvió previamente no multar a López Obrador ni al PT y Convergencia por los spots en los que el político tabasqueño expone su Proyecto Alternativo de Nación y ordenó que se repongan los promocionales.

Pero en lo que se refiere a los recursos de queja presentados por los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) contra los spots de López Obrador y el PT en los que se refieren a diversos personajes, se determinó la aplicación de multas.

La primera, por 373 mil 490 pesos, al acreditarse que el PT infringió la Constitución y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofiepe) al utilizar la frase "la mafia del poder".

La siguiente fue por 182 mil 90 pesos por los promocionales "no nos vamos a dejar", que contienen imágenes acompañadas de elementos auditivos constitutivos de manifestaciones denigrantes.

Esas multas fueron ampliadas en primera instancia en 370 mil 849 pesos por seis votos a favor y tres en contra, y en segunda, por 84 mil 405.02 pesos, por lo que el monto total se elevó a más de un millón de pesos luego de una discusión de más de siete horas.

Los consejeros coincidieron en que la libertad de contenidos en la propaganda de los partidos políticos tiene como límite la denigración de las instituciones y la calumnia de personas.

Con base en ello, el Consejo General determinó sancionar al PT por la difusión del promocional en el que se denigra la imagen de Felipe Calderón, en su carácter de titular del Poder Ejecutivo federal.

El criterio aplicado se sustentó en el hecho de que no es permisible atribuir conductas delictivas ni criminalizar a los adversarios políticos, sin que ello esté jurídicamente probado.

Con lo anterior, el IFE estableció un criterio para la vida política en los meses previos al inicio del proceso electoral federal en octubre del próximo año, al tiempo que reconoció la libertad de discusión, crítica y participación activa de los ciudadanos en los asuntos públicos.

Respecto a la queja del PAN contra López Obrador, el PT y Convergencia por el spot en el que se difunde su Proyecto Alternativo de 10 puntos, los consejeros coincidieron que sólo hizo uso de su libertad de expresión, en tanto que los partidos presentaron sus ideales políticos.

Por ocho votos a favor y uno en contra, del consejero Marco Antonio Baños, el Consejo General declaró infundada la queja, pues consideró que los actos anticipados de precampaña sólo se configuran a partir del inicio de proceso electoral federal.

Asimismo cuando se presentan elementos personales y subjetivos que además de los temporales derivan de la interpretación sistemática de la ley vigente.

En la resolución aprobada se considera que la ley permite la más amplia discusión de los ciudadanos, políticos y partidos, con las limitantes de la denigración y la calumnia.

Durante la sesión extraordinaria del IFE, la cual se extendió por más de nueve horas, se resolvieron 10 proyectos respecto a diversas quejas por presuntas irregularidades en el origen y aplicación de los recursos derivados del financiamiento de partidos políticos nacionales.

Temas

Sigue navegando