México
'Estados no pueden aprobar leyes contra la reforma educativa': Suprema Corte
invalida artículos de Zacatecas y Baja California
CIUDAD DE MÉXICO (24/SEP/2015).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró la inconstitucionalidad y decretó la invalidez de cuatro artículos de la Ley de Educación de Zacatecas y de seis artículos más de la ley educativa de Baja California, por considerar que los Congresos de ambos estados invadieron un tema federal.
La SCJN dejó claro que los Congresos estatales no pueden aprobar leyes opuestas a la reforma educativa en materia de evaluación docente, ya que legislar sobre el tema es una facultad exclusiva de la Federación y del Congreso de la Unión.
Con esa resolución, el pleno del máximo tribunal validó la federalización de la reforma educativa que considera la remoción o reasignación en labores administrativas de los maestros que no logren aprobar sus exámenes de evaluación docente por tres ocasiones consecutivas, procedimiento que será aplicado por el Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE).
Por lo anterior, el pleno de la Corte declaró la invalidez de los artículos 9, fracción tercera; 12, 13 y 67, fracciones segunda y tercera de la Ley de Educación de Zacatecas, tras concluir que dichos preceptos intentaban regular diversos aspectos del Servicio Profesional Docente.
La SCJN dejó claro que los Congresos estatales no pueden aprobar leyes opuestas a la reforma educativa en materia de evaluación docente, ya que legislar sobre el tema es una facultad exclusiva de la Federación y del Congreso de la Unión.
Con esa resolución, el pleno del máximo tribunal validó la federalización de la reforma educativa que considera la remoción o reasignación en labores administrativas de los maestros que no logren aprobar sus exámenes de evaluación docente por tres ocasiones consecutivas, procedimiento que será aplicado por el Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE).
Por lo anterior, el pleno de la Corte declaró la invalidez de los artículos 9, fracción tercera; 12, 13 y 67, fracciones segunda y tercera de la Ley de Educación de Zacatecas, tras concluir que dichos preceptos intentaban regular diversos aspectos del Servicio Profesional Docente.