México

El TEPJF entrega ''Bando solemne'' a Cámara de Diputados

La Cámara deberá de dar a conocer a todo el país el nombramiento de EPN

El TEPJF entrega ''Bando solemne'' a Cámara de Diputados
CIUDAD DE MÉXICO (04/SEP/2012).- La Cámara de Diputados recibió y expidió el llamado "Bando solemne" por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que valida el nombramiento legal del priista Enrique Peña Nieto como residente electo.

Al inicio de la sesión de este martes, el presidente de la Cámara de Diputados, el priista Jesús Murillo Karam dio entrada al documento y ordenó que se diera a conocer.

Así, la Cámara de Diputados dará a conocer el ''Bando solemne'' en todo el país, y la declaración del presidente electo.

El documento señala que la sala superior del TEPJF con fecha 3 de septiembre de 2012, mediante oficio notificó a la presidencia de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, el cómputo final, calificación jurisdiccional de la elección, declaración de validez y de Presidente electo de México, de fecha 31 de agosto.

Con este bando se da uno de los primeros pasos para que Peña Nieto pueda rendir protesta el próximo 1 de diciembre como Presidente de la República en San Lázaro.

"El ciudadano Enrique Peña Nieto es presidente electo de los Estados Unidos Mexicanos para el periodo del 1 de diciembre de 2012, al 30 de noviembre del año 2018", dice el cuarto resolutivo del bando enviado a la Cámara de Diputados.

Además, el TEPJF pidió a la Cámara de Diputados expedir la constancia de mayoría y validez a Peña Nieto, y que se dé a conocer en todo México: que se publique el bando solemne en el Diario Oficial de la Federación, en los periódicos oficiales de las entidades y se dé a conocer en las principales oficinas.

En el documento se declara que Peña Nieto obtuvo la mayoría de votos en la elección del 1 de julio, postulado por la coalición Compromiso por México, integrada por los partidos políticos del PRI y PVEM.

Además, se señala que Peña Nieto satisface los requisitos de elegibilidad establecido en los artículos 82 y 83 de la Constitución.

Una vez leído el bando, Murillo Karam ordenó distribuirse entre los diputados y que se cumpla.

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