México
El Senado aprueba el registro nacional de teléfonos celulares
Las compañías de teléfono celular tendrán que crear un registro nacional, que podrá ser consultado para investigaciones criminalísticas a través de una petición del procurador estatal o del titular de la PGR
CIUDAD DE MÉXICO.- El Pleno del
Senado aprobó ayer, con 88 votos a favor, la reforma para crear un registro nacional de teléfonos celulares, con el fin de combatir las extorsiones, chantajes y secuestros.
El Senado recibió la minuta que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones proveniente de la Cámara de Diputados, erigida en cámara revisora, con cuatro cambios menores, los cuales fueron avalados sin más trámite por el Senado.
La reforma ajusta los controles en la venta de teléfonos celulares. A partir de su entrada en vigor, el usuario tendrá que mostrar documentación y se le tomará su huella digital para tener un control estricto, además de que se podrá monitorear la localización del aparato.
Las compañías de teléfono celular tendrán que crear un registro nacional, que podrá ser consultado para investigaciones criminalísticas a través de una petición del procurador estatal o del titular de la Procuraduría General de la República.
La reforma entrará en vigor 60 días después de publicada por el Diario Oficial de la Federación.
El Senado recibió la minuta que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones proveniente de la Cámara de Diputados, erigida en cámara revisora, con cuatro cambios menores, los cuales fueron avalados sin más trámite por el Senado.
La reforma ajusta los controles en la venta de teléfonos celulares. A partir de su entrada en vigor, el usuario tendrá que mostrar documentación y se le tomará su huella digital para tener un control estricto, además de que se podrá monitorear la localización del aparato.
Las compañías de teléfono celular tendrán que crear un registro nacional, que podrá ser consultado para investigaciones criminalísticas a través de una petición del procurador estatal o del titular de la Procuraduría General de la República.
La reforma entrará en vigor 60 días después de publicada por el Diario Oficial de la Federación.