México
Definitivo: sitios cerrados, sin humo
La Suprema Corte avala por unanimidad respaldo a la Ley de Protección a los No Fumadores del Distrito Federal
CIUDAD DE MÉXICO (15/MAR/2011).- Por unanimidad de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la prohibición para fumar en locales cerrados de acceso público en el Distrito Federal, establecida en la Ley de Protección a los No Fumadores del Distrito Federal.
Los ministros respaldaron el proyecto de José Ramón Cossío, que niega el primero de seis amparos promovidos por cadenas de restaurantes y hoteles, pero quedó pendiente la votación definitiva, que se formalizará en la sesión de hoy.
El Pleno rechazó los argumentos del demandante, en el sentido de que la prohibición viola garantías como las de libertad de trabajo, no discriminación de los fumadores y derecho de propiedad.
En el debate, los ministros coincidieron en que la disposición no prohíbe a las personas fumar, ni impide a las empresas continuar con sus actividades, sino que se trata de una medida proporcional y adecuada para combatir el tabaquismo, que es un grave problema de salud pública.
El ministro Salvador Aguirre consideró que la ley debe proteger a los no fumadores, pero Arturo Zaldívar explicó que la ley pretende proteger tanto a fumadores como no fumadores, incluidos los fumadores pasivos, es decir, quienes de manera voluntaria se colocan en situación de inhalar el humo generado por quienes fuman.
El Pleno desestimó también el argumento de que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal carece de facultades para legislar en materia de tabaco, por tratarse de una competencia exclusiva del Congreso de la Unión, que expidió la Ley General para Control del Tabaco la cual prevé la existencia de zonas de fumadores dentro de los establecimientos mercantiles.
Sin embargo, el ministro ponente, José Ramón Cossío, recordó que la Corte ya se había pronunciado sobre este tema en septiembre de 2009, cuando desechó una acción de inconstitucionalidad promovida por asambleístas del Distrito Federal en contra de la legislación local.
En esa resolución, la Corte determinó que la Asamblea sí es competente para legislar en la materia.
Verificación en Jalisco
El pasado 9 de marzo la Secretaría de Salud Jalisco finalizó el operativo de verificación del cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y como resultado amonestó a 144 establecimientos que violaron esta ley, de cuatro mil 664 visitas que hicieron a lo largo de un mes. De éstos, 10% fueron giros nocturnos. La sanción fue oral y obligó a los dueños de los establecimientos a firmar una carta compromiso.
La también denominada “Ley Antitabaco” federal y su reglamento prevén multas que van desde los apercibimientos hasta el arresto preventivo por 36 horas para el dueño del establecimiento que haya tenido reincidencia en el incumplimiento de la norma, así como resistencia a las indicaciones del reglamento federal.
Aparte de la “Ley Antitabaco”, las autoridades han optado por otra medida, la de colocar imágenes de los efectos de fumar en las portadas de las cajetillas de cigarro. Esta iniciativa fue aprobada en septiembre del año pasado, pero fue hasta finales de 2010, que comenzaron a imprimir las imágenes.
GUÍA
Daño general de la salud
— ¿Qué es el tabaquismo?
Es la adicción al tabaco principalmente provocada por uno de sus componentes activos, la nicotina; la acción de dicha sustancia acaba condicionando el abuso de su consumo. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) el tabaco es la primera causa de invalidez y muerte prematura del mundo.
— ¿Cuáles son los riesgos de fumar?
El tabaquismo está directamente relacionado con la aparición de 29 enfermedades, de las cuales 10 son diferentes tipos de cáncer, y es la principal causa de 95% de los cánceres de pulmón, de 90% de las bronquitis y de más de 50% de las enfermedades cardiovasculares.
— ¿A quiénes afecta?
El cigarro no sólo daña a aquellos que lo fuman, sino que abarca a los fumadores pasivos (aquellos que no fuman, pero que están en contacto constante con los fumadores e inhalan el humo del cigarro), y durante el embarazo aumentan riesgo a que el bebé nazca con bajo peso e incluso padecer muerte súbita.
Los ministros respaldaron el proyecto de José Ramón Cossío, que niega el primero de seis amparos promovidos por cadenas de restaurantes y hoteles, pero quedó pendiente la votación definitiva, que se formalizará en la sesión de hoy.
El Pleno rechazó los argumentos del demandante, en el sentido de que la prohibición viola garantías como las de libertad de trabajo, no discriminación de los fumadores y derecho de propiedad.
En el debate, los ministros coincidieron en que la disposición no prohíbe a las personas fumar, ni impide a las empresas continuar con sus actividades, sino que se trata de una medida proporcional y adecuada para combatir el tabaquismo, que es un grave problema de salud pública.
El ministro Salvador Aguirre consideró que la ley debe proteger a los no fumadores, pero Arturo Zaldívar explicó que la ley pretende proteger tanto a fumadores como no fumadores, incluidos los fumadores pasivos, es decir, quienes de manera voluntaria se colocan en situación de inhalar el humo generado por quienes fuman.
El Pleno desestimó también el argumento de que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal carece de facultades para legislar en materia de tabaco, por tratarse de una competencia exclusiva del Congreso de la Unión, que expidió la Ley General para Control del Tabaco la cual prevé la existencia de zonas de fumadores dentro de los establecimientos mercantiles.
Sin embargo, el ministro ponente, José Ramón Cossío, recordó que la Corte ya se había pronunciado sobre este tema en septiembre de 2009, cuando desechó una acción de inconstitucionalidad promovida por asambleístas del Distrito Federal en contra de la legislación local.
En esa resolución, la Corte determinó que la Asamblea sí es competente para legislar en la materia.
Verificación en Jalisco
El pasado 9 de marzo la Secretaría de Salud Jalisco finalizó el operativo de verificación del cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y como resultado amonestó a 144 establecimientos que violaron esta ley, de cuatro mil 664 visitas que hicieron a lo largo de un mes. De éstos, 10% fueron giros nocturnos. La sanción fue oral y obligó a los dueños de los establecimientos a firmar una carta compromiso.
La también denominada “Ley Antitabaco” federal y su reglamento prevén multas que van desde los apercibimientos hasta el arresto preventivo por 36 horas para el dueño del establecimiento que haya tenido reincidencia en el incumplimiento de la norma, así como resistencia a las indicaciones del reglamento federal.
Aparte de la “Ley Antitabaco”, las autoridades han optado por otra medida, la de colocar imágenes de los efectos de fumar en las portadas de las cajetillas de cigarro. Esta iniciativa fue aprobada en septiembre del año pasado, pero fue hasta finales de 2010, que comenzaron a imprimir las imágenes.
GUÍA
Daño general de la salud
— ¿Qué es el tabaquismo?
Es la adicción al tabaco principalmente provocada por uno de sus componentes activos, la nicotina; la acción de dicha sustancia acaba condicionando el abuso de su consumo. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) el tabaco es la primera causa de invalidez y muerte prematura del mundo.
— ¿Cuáles son los riesgos de fumar?
El tabaquismo está directamente relacionado con la aparición de 29 enfermedades, de las cuales 10 son diferentes tipos de cáncer, y es la principal causa de 95% de los cánceres de pulmón, de 90% de las bronquitis y de más de 50% de las enfermedades cardiovasculares.
— ¿A quiénes afecta?
El cigarro no sólo daña a aquellos que lo fuman, sino que abarca a los fumadores pasivos (aquellos que no fuman, pero que están en contacto constante con los fumadores e inhalan el humo del cigarro), y durante el embarazo aumentan riesgo a que el bebé nazca con bajo peso e incluso padecer muerte súbita.