México
Combaten engaños en cosméticos
El Senado reforma la Ley General de Salud para obligar a fabricantes que informen con claridad la composición del producto
Autoridades de Salud llaman a llevar una dieta sana
CIUDAD DE MÉXICO (30/MAR/2011).- El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley General de Salud para definir lo que son los productos cosméticos, y diferenciarlos de los llamados "productos milagro". Con los cambios, los cosméticos también deberán diferenciarse de los medicamentos.
Las modificaciones parciales a la referida ley prohíben de hecho atribuir a los productos cosméticos "acciones propias de los medicamentos, tales como curar o ser una solución definitiva de enfermedades, regular el peso o combatir la obesidad, ya sea en el nombre, indicaciones, instrucciones para su empleo o publicidad", es decir no se podrán vender como "productos milagro".
Tras la votación, la reforma fue remitida al Ejecutivo Federal para su publicación.
La reforma, que contó con 89 votos a favor, abre la posibilidad a que la autoridad asegure o retenga, como medida de seguridad, cuando se comercialicen remedios herbolarios, suplementos alimenticios o productos cosméticos que indebidamente hubieren sido publicitados o promovidos como medicamentos o a los cuales se les hubiera atribuido cualidades o efectos terapéuticos, presentándolos como una solución definitiva en el tratamiento preventivo o rehabilitatorio de un determinado padecimiento, no siendo medicamentos y sin que los mismos cuenten con registro sanitario para ser considerados como tales.
La ley pone también candados al engaño, porque obliga además a fabricantes, importadores y comercializadores de productos cosméticos, a que cuenten con estudios de seguridad, eficacia y todos los demás que se establezcan en diversos ordenamientos y normas aplicables, entregándolos a la Secretaría de Salud, en caso de que los requiera.
La reforma obliga a los responsables de la publicidad de productos cosméticos a presentar aviso a la Secretaría de Salud para publicitar las bondades de sus productos- "El aviso se dará por marca de producto en base a los requisitos establecidos en el Reglamento" y deberán contener información básica. De esta forma, según el argumento de los senadores, México se pone a la altura de otros países, y de tratados internacionales.
El texto plantea reformas a la Ley General de Salud en sus disposiciones referentes a los productos de perfumería y belleza, distinguiéndolos como productos cosméticos y de aseo, a fin de armonizar este ordenamiento con los estándares internacionales.
CIUDAD DE MÉXICO (30/MAR/2011).- El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley General de Salud para definir lo que son los productos cosméticos, y diferenciarlos de los llamados "productos milagro". Con los cambios, los cosméticos también deberán diferenciarse de los medicamentos.
Las modificaciones parciales a la referida ley prohíben de hecho atribuir a los productos cosméticos "acciones propias de los medicamentos, tales como curar o ser una solución definitiva de enfermedades, regular el peso o combatir la obesidad, ya sea en el nombre, indicaciones, instrucciones para su empleo o publicidad", es decir no se podrán vender como "productos milagro".
Tras la votación, la reforma fue remitida al Ejecutivo Federal para su publicación.
La reforma, que contó con 89 votos a favor, abre la posibilidad a que la autoridad asegure o retenga, como medida de seguridad, cuando se comercialicen remedios herbolarios, suplementos alimenticios o productos cosméticos que indebidamente hubieren sido publicitados o promovidos como medicamentos o a los cuales se les hubiera atribuido cualidades o efectos terapéuticos, presentándolos como una solución definitiva en el tratamiento preventivo o rehabilitatorio de un determinado padecimiento, no siendo medicamentos y sin que los mismos cuenten con registro sanitario para ser considerados como tales.
La ley pone también candados al engaño, porque obliga además a fabricantes, importadores y comercializadores de productos cosméticos, a que cuenten con estudios de seguridad, eficacia y todos los demás que se establezcan en diversos ordenamientos y normas aplicables, entregándolos a la Secretaría de Salud, en caso de que los requiera.
La reforma obliga a los responsables de la publicidad de productos cosméticos a presentar aviso a la Secretaría de Salud para publicitar las bondades de sus productos- "El aviso se dará por marca de producto en base a los requisitos establecidos en el Reglamento" y deberán contener información básica. De esta forma, según el argumento de los senadores, México se pone a la altura de otros países, y de tratados internacionales.
El texto plantea reformas a la Ley General de Salud en sus disposiciones referentes a los productos de perfumería y belleza, distinguiéndolos como productos cosméticos y de aseo, a fin de armonizar este ordenamiento con los estándares internacionales.